Monotributo: últimas horas para realizar la recategorización obligatoria

Este 5 de febrero es el último día para que los monotributistas realicen la recategorización obligatoria y actualicen su posición en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Quienes no cumplan con el trámite serán recategorizados de oficio por ARCA.

Hoy, 5 de febrero, vence el plazo para que los monotributistas realicen la recategorización obligatoria, un trámite fundamental para ajustar su situación dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Las nuevas escalas del monotributo, que entran en vigencia este mes, ya están disponibles en la web oficial de ARCA. Debido a los cambios en los límites de facturación, algunos contribuyentes deberán modificar su categoría, lo que impactará en el monto mensual a pagar.

¿Quiénes deben recategorizarse?

Deben hacerlo aquellos cuyos ingresos, alquileres o consumo eléctrico hayan cambiado respecto a su categoría actual. Si los valores se mantienen dentro del rango correspondiente, no es necesario realizar el trámite.

Quedan exceptuados quienes iniciaron actividad hace menos de seis meses. Sin embargo, aquellos que no han cumplido un año en el régimen deben hacer un cálculo proyectado para definir su categoría.

¿Cómo hacer la recategorización?

El trámite se realiza de manera rápida y sencilla a través del portal de Monotributo en la web de ARCA o desde la app móvil. El sistema mostrará automáticamente la facturación anual del contribuyente según los registros del organismo.

Si el dato es correcto, solo se debe confirmar la nueva categoría. En caso contrario, se puede modificar el monto manualmente antes de finalizar el proceso.

Ver: Primer round paritario: el Gobierno recibe al SUTE en medio de un contexto tenso

¿Qué pasa si no realizo la recategorización?

Aquellos que no cumplan con la actualización dentro del plazo serán recategorizados de oficio por ARCA, que analizará los ingresos registrados y aplicará el ajuste correspondiente. La notificación del cambio se enviará al Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente.

Nuevas escalas y montos

Desde febrero, los topes de facturación y el monto de la cuota mensual aumentan un 21,13%, en base a la inflación. Algunas de las principales categorías quedan así:

  • Categoría A: hasta $7.813.063,45 anuales. Cuota: $32.221,31.
  • Categoría C: hasta $16.050.091,57 anuales. Cuota: $42.951,25 (servicios) / $41.982,19 (bienes).
  • Categoría H: hasta $53.298.417,30 anuales. Cuota: $340.061,68 (servicios) / $206.815,63 (bienes).
  • Categoría K: hasta $82.370.281,28 anuales. Cuota: $1.050.323,75 (servicios) / $456.773,20 (bienes).

Artículos Relacionados

Volver al botón superior