
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció una actualización en los montos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deben reportar las operaciones de sus clientes. La medida, que responde a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), entra en vigor en 2025.

Según la nueva normativa:
- Transferencias bancarias superiores a $600.000 deberán ser informadas.
- Saldos mensuales iguales o mayores a $1.000.000 en cuentas bancarias también serán reportados.
- En billeteras virtuales, el umbral sube a $2.000.000.
Además, en caso de no poder justificar el origen del dinero, los usuarios podrían enfrentar multas, bloqueos preventivos de cuentas o ser reportados a la Unidad de Información Financiera (UIF). Entre los documentos que podrán ser solicitados para respaldar los fondos figuran facturas, contratos, recibos de sueldo o certificaciones contables.
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Las plataformas deberán identificar a los titulares de las cuentas, detallar las operaciones realizadas y convertir los montos a pesos si se trata de transacciones en moneda extranjera o criptomonedas.