Continúan pronunciándose diferentes personalidades políticas, respecto de la entrega de 21.500 hectáreas que el Gobierno nacional hizo a mapuches en San Rafael y en Malargüe.
Ni bien el tema ganó la portada de los principales medios, generó un gran revuelo. Inclusive, el gobernador Rodolfo Suarez solicitó la inconstitucionalidad.
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Además del radical, otro de los que puso el grito en el cielo es Emir Félix, el intendente de San Rafael. “Estudié las resoluciones del INAI, correspondientes a las autodenominadas Comunidad LOF El Sosneado y Comunidad LOF Suyai Levfv respectivamente, y concluyo que se está haciendo un uso de la ley 26.160 alejado del ánimo con que fue creada, generando inseguridad jurídica”, tuiteó.
Estudié las resoluciones del INAI, correspondientes a las autodenominadas Comunidad LOF El Sosneado y Comunidad LOF Suyai Levfv respectivamente, y concluyo que se está haciendo un uso de la ley 26.160 alejado del ánimo con que fue creada, generando inseguridad jurídica. (hilo)
— Emir Félix (@emirfelixok) January 31, 2023
Y siguió: “Quienes se consideren habitantes originarios deben poder demostrar tal condición, algo que no ocurre en este caso, desvirtuando el espíritu de la ley. La resolución del INAI sienta un precedente que genera tensión social y abre un panorama de reclamos a lo largo y ancho del territorio por parte de quienes dicen ser originarios, sin que tal condición este fehacientemente comprobada”.
Ver: Malargüe no quiere saber nada con los territorios cedidos a los Mapuches
En otro de sus posteos, agregó: “El autorreconocimiento no puede bastar para afectar derechos de terceros. Esta medida toma por sorpresa a casi todos los mendocinos. Es muy importante resaltar que, en ambos casos, se ha resuelto en las instancias judiciales correspondientes de modo contrario a la pretensión de los ocupantes, con sentencia firme de Cámara y de Corte respectivamente”.
Y remarcó que “es imperativo que la justicia determine la veracidad de la pertenencia étnica de esas personas. Verificado el origen étnico invocado, deberá acreditarse que fueron ocupantes de las tierras reclamadas en forma pacífica en los términos previstos por la ley 26.160 y modificatorias”.
“De no ser así, estaríamos frente a medidas usurpatorias que nos alejarían de lograr justicia histórica para los verdaderos habitantes originarios de Mendoza y perjudicarían claramente a otros comprovincianos”, cerró.