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Un funcionario de Cornejo le ganó un juicio laboral a YPF en la Suprema Corte

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó un recurso extraordinario interpuesto por YPF S.A., confirmando que la empresa deberá abonar diferencias salariales e indemnizatorias millonarias a un extrabajador de categoría “fuera de convenio”. Se trata de Manuel Sánchez Bandini, subsecretario de Energía y Minería del Gobierno de Mendoza.

El caso se remonta al despido sin justa causa de Sánchez Bandini, quien se desempeñó en la petrolera estatal desde octubre de 2012 hasta marzo de 2022. Tras su desvinculación, el ahora funcionario provincial demandó a la empresa alegando que la liquidación final no había incluido correctamente ciertos conceptos, como el ítem “vianda” en la base salarial, ni el agravante indemnizatorio previsto por decretos.

La Sexta Cámara del Trabajo había fallado inicialmente a favor suyo, condenando a YPF al pago de $6.058.143,00 más intereses. Ante esto, la petrolera apeló ante el máximo tribunal provincial, argumentando que no se había aplicado el tope indemnizatorio legal previsto en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

El tribunal contó con el voto principal del Omar Palermo, al que adhirieron los ministros Mario Adaro y Julio Gómez, y centró su análisis en la vigencia de los topes salariales.

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YPF pretendía aplicar un tope basado en el Convenio Colectivo de Trabajo 1616/19 “E”. Sin embargo, la Corte observó que la última disposición publicada para dicho convenio databa de enero de 2020, más de dos años antes del despido de Sánchez Bandini.

La sentencia destaca que la empresa no aportó pruebas (como informes al Ministerio de Trabajo) que permitieran al tribunal determinar un tope actualizado a la fecha de la finalización de la relación laboral (marzo de 2022). Los supremos también señalaron que no pueden “suplir la inactividad de las partes” ni aplicar un límite de hace dos años que no resulta razonable frente a la realidad económica del momento del despido.

En tanto que se rechazó el argumento de YPF sobre un supuesto “enriquecimiento sin causa”, ratificando que lo abonado originalmente fue un “pago insuficiente” a cuenta de la liquidación definitiva.

La Suprema Corte resolvió rechazar el recurso de YPF y ratificar la sentencia de cámara. Además de las diferencias indemnizatorias, la empresa deberá cargar con las costas del proceso y los honorarios profesionales de los abogados involucrados.

Sánchez Bandini se desempeña como subsecretario de Energía y Minería desde el 2024, cuando fue designado apenas inició el segundo mandato de Alfredo Cornejo como gobernador.

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