Toyota y Volkswagen deberán cumplir con la medida cautelar

La jueza Fabiana Martinelli resolvió parte de las denuncias de los usuarios de planes de ahorro por incumplimiento a la medida cautelar. La cuál estaba fijada por la magistrada en la que estableció una fórmula de cálculo de cuota que deberían cobrar las automotrices hasta que resuelva la cuestión de fondo.

La medida cautelar establece que se debe liquidar en forma mensual la suma correspondiente al pago que efectuara cada ahorrista en el mes de abril del 2018 o el primero de la suscripción del plan.

La magistrada ordenó a Toyota plan argentina SA de ahorro para fines determinados y Toyota Argentina SA cumplir con la medida cautelar para los ahorristas que tengan contratado un Plan de Ahorro en los departamentos del sur de Mendoza (General Alvear, Malargüe y San Rafael), donde se determinó que la empresa no había aplicado lo dictaminado.

Además, se resolvió que el método de aplicación de la fórmula cautelada aplicado por la empresa Volkswagen no era el correcto. Provocaba que los ahorristas de la marca tuvieran que abonar más de lo que correspondía.

De esta forma se les ordenó, primero, la reliquidación de todas las cuotas pagadas desde la notificación de la medida cautelar a la fecha. Segundo, imputar las diferencias resultantes a los pagos de cuotas puras cauteladas que adeuden los ahorristas o a las que se generen a partir de la fecha. y tercero, que modifiquen el cálculo de aquí en más, aplicando la cautelar en forma correcta.

=¿Cómo sigue la causa?=

Ya se comenzó con el traslado de la demanda a las demandadas para poder resolver la cuestión de fondo. La nulidad o no de la cláusula que fija la cuota a pagar por parte de las empresas en los planes de ahorro.

Se fijará fecha de realización de la audiencia inicial, donde se intentará arribar a una conciliación. De no lograrlo, se ordena la producción de las pruebas ofrecidas por las partes en un plazo no mayor a cuatro meses, que, en caso de poder cumplirse, permitirá que la resolución del conflicto en primera instancia, se produzca antes del receso del mes de julio del 2022.

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