Prohibieron los ritos y ceremonias de iniciación en el Ejército

Se decidió tras la muerte del subteniente Matías Chirino en Paso de los Libres, y por las graves heridas causadas a Michel Natanael Verón en Misiones. Incumplir la disposición se considerará como 'falta gravísima".

Luego de los desenlaces trágicos vividos en los últimos “ritos de iniciación” en el ámbito de las Fuerzas Armadas, el ministro de Defensa Jorge Taiana dispuso la prohibición de festejos, ritos y ceremonias de iniciación, como así también el consumo de alcohol en el ámbito castrense.

Los hechos que hicieron sonar la alarma visibilizaron que las formas antiguas de “dar la bienvenida” en las Fuerzas Armadas buscan someter, humillar y violentar a los miembros de menor rango.

En el mes de junio, un “bautismo de bienvenida” se llevó la vida del subteniente Matías Chirino, de 22 años, en la localidad correntina de Paso de los Libres. Unas semanas después, en el mismo marco de “festejo”, el cabo Michel Natanael Verón, de 26 años, sufrió el desplazamiento de dos vértebras tras participar de un almuerzo en el Club de Suboficiales del Ejército en Apóstoles, Misiones.

La medida fue dispuesta por el Ministerio de Defensa el viernes, pero se conoció en las últimas horas del lunes.

VER: Conmoción por la muerte de un joven oficial tras una “fiesta de iniciación”

En la resolución que determinado que se prohíbe “la autorización y/o realización de festejos, ‘ritos y ceremonias de iniciación’, reuniones sociales o cualquier tipo de actividad cualquiera sea la denominación que se le otorgue”. Asimismo, queda prohibido el “ingreso, provisión y consumo de bebidas alcohólicas dentro de unidades y establecimientos de jurisdicción militar, con motivo de comienzo o la finalización de actividades de formación o entrenamiento, la adquisición de aptitudes o especialidades, que sean de carácter informal o ajenos al ceremonial reglamentario de aplicación en las Fuerzas Armadas”.

Desde el Ministerio de Defensa, aclararon que los “llamados ‘ritos y ceremonias de iniciación’ con el pretendido objetivo de celebrar el inicio o la culminación de determinadas actividades no corresponden a actos del servicio vinculados a la profesión militar y son contrarios al mantenimiento de la disciplina”.

Las sanciones

El el incumplimiento de la prohibición será considerado como “falta gravísima” en los términos del artículo 13 Anexo IV de la Ley 26.394, “sin perjuicio de otras faltas que pudieran ser aplicables”.

Una semana antes, Taiana ya había expresado públicamente que “esto del bautismo” en los cuarteles “no va más” y que habrá “sanciones y relevos”, tras los casos de un subteniente fallecido en un regimiento del Ejército en Paso de los Libres, Corrientes, y las graves lesiones que sufrió un cabo en el regimiento de Infantería de Monte 30 de Apóstoles, Misiones.

Fuente: NA

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