Pidieron revocar el sobreseimiento a Mauricio Macri por espionaje

Ahora la Cámara Federal de Casación Penal será la encargada de definir si confirma o revoca el sobreseimiento.

El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, Raúl Pleé, pidió este viernes que sea revocado el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri en la causa que se le sigue por supuesto espionaje ilegal a familiares de los tripulantes del submarino hundido ARA San Juan por considerar que se trató de una resolución “a todas luces prematura”.

El representante del ministerio público fiscal señaló en su dictamen que la investigación “ha demostrado que se desarrollaron tareas de investigación” sobre los familiares de las víctimas del hundimiento del submarino y que, por el contrario, no logró acreditarse que esas tareas hayan sido desplegadas para neutralizar un potencial riesgo a la seguridad presidencial.

La hipótesis de la “seguridad presidencial” había sido utilizada por los jueces de la Cámara Federal porteña, Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, para revocar el procesamiento que pesaba sobre Macri cuando el caso llegó a los tribunales federales de Comodoro Py.

Ahora la Cámara Federal de Casación Penal será la encargada de definir si confirma o revoca los sobreseimientos con los que fueron beneficiados Macri, los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, y un grupo de exagentes de ese organismo.

“Se ha provocado la vulneración a los derechos de intimidad y privacidad de un grupo de personas que tan solo se encontraba reunida para pedir el descubrimiento de la verdad en los hechos que tuvieron como víctimas a familiares directos o allegados, sin que la Cámara haya logrado demostrar la existencia de evidencias de que la intromisión por parte del organismo de inteligencia obedecía pura y únicamente a cuestiones de seguridad, sea del Presidente de la República o de alguna sede de una fuerza de seguridad”, señaló el fiscal en su dictamen.

Además, consideró “llamativo que la Cámara a quo adopte una decisión como la aquí recurrida, que resulta a todas luces prematura, teniendo en cuenta el estado en el cual se encuentran transitando las presentes actuaciones”.

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