La oposición denunció penalmente a Sergio Massa por incumplir el Código Electoral

El ministro-candidato y la directora de Anses fueron denunciados por violar el Código Nacional Electoral y utilizar programas de Gobierno para realizar una captación de sufragios.

Dirigentes de Juntos por el Cambio (JxC) denunció penalmente al candidato de Unión por la Patria (UP), Sergio Massa, junto a Fernanda Raverta, directora ejecutiva de Anses, por violar la ley electoral, tras el anuncio de nuevos créditos y moratorias para jubilados de ANSES.

Desde la red social X (ex Twitter), el legislador de CABA, Roberto García Moritán, junto al abogado Yamil Santoro, confirmaron la presentación judicial contra el ministro de Economía. Las expectativas están sobre el debate presidencial del próximo 12 de noviembre.

Por medio de su cuenta de X, Santoro anunció su decisión de denunciar a Massa, y argumentó: “Por hacer trampa en las elecciones. Lo anunciado viola la prohibición del Código Electoral (Art 64 quater). Los corruptos y tramposos, como Massa, no deben gobernar a la Argentina. No se puede ser neutral ante esto”, tuiteó el dirigente de Republicanos Unidos este miércoles.

Justamente de esto acusan a Sergio Massa, con el anuncio sobre los créditos ampliados a tasa baja. “El incumplimiento de este artículo será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 133 bis previsto en el presente Código”, expresa el documento.

La denuncia penal contra Massa: qué dice el artículo 64 quater

En el Código, anuncian que la pena podría ser de uno a diez años de prohibición para ejercer cargos públicos. Al comienzo del artículo, dice que “durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten”.

El artículo expresa que “queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten”.

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