La Justicia suspendió el DNU que declaró a las telecomunicaciones servicio esencial

A pesar de que la decisión judicial le otorga potestad a las empresas del sector para que fijen sus condiciones de comercialización, desde el ENACOM anunciarían que durante el mes de mayo no van a haber aumentos.

La Justicia federal aceptó un recurso de apelación de Telecom Argentina y dispuso una medida cautelar en su favor, por medio de la cual determinó la suspensión de algunos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que determinaba como servicio público esencial a las telecomunicaciones por el lapso seis meses en el marco de la pandemia de coronavirus.

La decisión, votada por los jueces José Luis López Castiñeira Luis María Márquez de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, suspendió los artículos 1 al 6 del DNU 690/2020 y también tres resoluciones reglamentarias del Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM), que serán inaplicables a la empresa.

Si bien la determinación de la justicia la otorga potestad a los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, el vicepresidente de ENACOM, Gustavo López, dijo a Página 12 que este lunes “van a anunciar que en mayo no va haber aumento para ninguno de los servicios”.

“Clarín va a poder cobrar lo que quiera. Los jueces han dispuesto que el cliente de Telecom pague lo que la empresa quiera y todos los demás clientes lo que el Estado regule”, continuó diciendo López en declaraciones radiales.

Igualmente, el integrante de ENACOM criticó: “¿Cómo es posible que el Poder Judicial termine legislando en lugar del Poder Legislativo o las normas dictadas por el Poder Ejecutivo? No hay una declaración de inconstitucionalidad, sino que se establece que no se cumpla el decreto”.

Y siguió: “Obviamente vamos a ir a la Corte para apelar la medida cautelar. Hasta el día de ayer hemos aplicado sanciones hacia Telecom. Las primeras fueron de 650 mil pesos diarios. A partir de febrero pasaron a ser 19 millones de pesos diarios”. 

Por medio del decreto 690 publicado en agosto pasado, el Gobierno nacional declaró como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión por cable, a causa de la pandemia de coronavirus. Con esta postura, el Estado intervenía en la fijación del precio.

El Gobierno tomó esa medida al considerar que “el derecho de acceso a internet es, en la actualidad, uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión”.

Además, la ONU ha expresado en diversos documentos la relevancia de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para el desarrollo de una sociedad más igualitaria y la importancia de que a todas las personas les sea asegurado su acceso a las mismas.

 

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