Fundamentos de la sentencia contra Lázaro Báez: no hubo lawfare y decomisaron millones por el campo de Tupungato

En los fundamentos de la sentencia, los jueces del TOF 4 explicaron los delitos precedentes que se tuvieron en cuenta para condenar al empresario.

Este lunes, la Justicia dio a conocer los fundamentos de la condena contra Lázaro Báez y sus hijos en la causa conocida como “la ruta del dinero K”.

En un extenso escrito, de más de 3.000 páginas, los jueces que conformaron la mayoría, Néstor Costabel, Adriana Palliotti, ratificaron que la fortuna que amasó el empresario provenía de los contratos de obra pública, que se investigan en la causa de “Vialidad”. Aunque también tuvieron en cuentas las causas de evasión donde Báez esta siendo investigado.

“Esos fondos se originaron principalmente a través de una de esas dos fuentes: concretamente, desde los hechos de corrupción estatal y corporativa empresarial que se enjuician ante el Tribunal Oral Federal 2, en la mentada causa Vialidad”, opinaron los jueces de la mayoría a la hora de hablar de los delitos precedentes de la maniobra de lavado.

En ese expediente, la vicepresidenta Cristina Kirchner está procesada como jefa de una asociación ilícita que se habría dedicado a defraudar al Estado al direccionar 51 licitaciones a favor de Báez, por 46.000 millones de pesos.

El fallo tiene párrafos muy duros, con alusiones directa a la corrupción del gobierno de los Kirchner. “Lázaro Báez optó por generar su propia usina de lavado de dinero, del modo en que lo hizo y se ha probado, puesto que habría de recibir flujos millonarios ilícitos como un integrante más de la matriz de corrupción estatal y corporativa montada para la asignación fraudulenta de la obra pública vial de la provincia de Santa Cruz”, dijeron los jueces.

En cambio, la jueza Gabriela López Iníguez tomó en cuenta solo el delito tributario de las facturas truchas. Y señaló que la causa “Vialidad” no sólo no se puede considerar ilícito precedente sino que además “nos enfrenta a la dificultad jurídica que se deriva de la presunción constitucional de inocencia”.

Desde el punto de vista patrimonial, el tribunal ordenó el decomiso de USD 54.872.866,69 por la maniobra de lavado general y USD 5.000.000 por la compra del campo “El Carrizalejo”, en Tupungato (conocido como el hecho B).

Además, impuso a las firmas Austral Construcciones, Top Air S.A., OACI S.A. y Real Estate Investment Fiduciaria S.A. una multa por el doble de las operaciones en que intervinieron. En el caso de Helvetic Services Group, se ordenó la cancelación de la personería jurídica, y una multa correspondiente a siete veces el monto de las operaciones.

Durante el veredicto no se mencionaron los delitos precedentes. Sin embargo, horas después comenzó a trascender el contenido de los fundamentos y de hecho una de la juezas hizo un comunicado para explicar su voto.

Lázaro Báez fue condenado a 12 años de prisión por lavar dinero (en parte, en Mendoza)

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