Por medio del Boletín Oficial, el Gobierno provincial informó que no labrarán multas por licencias de conducir vencidas al 30 de junio de 2021.
Esta medida es una de las que se destacó, entre tantas otras, en las nuevas habilitaciones que se publicaron en el decreto 1650/20.
“Establézcase que hasta el 30 de junio de 2021, no se labrarán actas de infracción respecto de las licencias de conducir cuyo vencimiento haya operado desde el 1 de marzo de 2020. Invítese a los Municipios a prorrogar los vencimientos de las licencias emitidas en su jurisdicción, en el marco de los convenios que tienen suscriptos con la Agencia Nacional de Seguridad Vial y de lo normado por la Disposición DI-135-APN-ANSV#MTR y normas complementarias y modificatorias”, refleja el artículo 6º del texto.
Ahora, confían en que las comunas también estiren los vencimientos de esta documentación, ya que son los encargados de emitir la misma.
Este año se conoció que extendieron el plazo hasta septiembre, y luego la fecha límite se trasladó hasta diciembre de 2020. Frente a esta novedad, habrá seis meses más para regularizar la situación.