El Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió aplicar cambios en las billeteras virtuales. Concretamente, dentro de los sujetos obligados incorporó a los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) y a los Proveedores de Servicios de Pago que cumplen la función de iniciación (PSI) y prestan el servicio de billetera digital.
El objetivo principal es prevenir errores, beneficiar a los usuarios y protegerlos con respecto al accionar de diferentes entidades.
Por esta normativa, ahora las billeteras virtuales deberán ajustar sus términos y condiciones para cumplir con todas las exigencias que fija el BCRA para los contratos financieros, incluir pautas de identificación del usuario de servicios financieros, detallar las comisiones y cargos, informar sobre el derecho de revocación, brindar un resumen informativo de los términos y condiciones, y asegurar que los términos de la contratación puedan ser leídos, descargados y guardados de manera inalterable.
Además, las aplicaciones deberán contar con hipervínculos para que el usuario pueda revocar la aceptación del producto o servicio contratado (botón de arrepentimiento) y rescindir relaciones contractuales (botón de baja).
A los usuarios esta nueva normativa impuesta les trae ciertos beneficios, tales como: protección en cláusulas que pueden ser abusivas, información clara, reintegros de reclamos, débitos no consentidos o bonificaciones. También obliga a que las billeteras virtuales ayuden al cliente.
Quienes deben cumplir esta normativa
Estas normas deberán ser cumplidas por entidades financieras, operadores de cambio, empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito, empresas no financieras emisoras de tarjetas de compra, proveedores no financieros de crédito, proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago, proveedores de servicios de pago que cumplen la función de iniciación.