La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó hoy el fallo de primera instancia que rechazó el pedido del senador nacional del PRO Luis Juez para ser designado en el Consejo de la Magistratura de la Nación, el órgano encargado de la selección y acusación de jueces nacionales y federales.
VER: Consejo de la Magistratura: la Justicia rechazó el amparo de Luis Juez
La Sala V de la Cámara ratificó la facultad que tiene el Congreso para armar y desarmar sus bloques según las afinidades políticas de sus integrantes y que esa no es una materia que puede resolver la justicia. Así, el tribunal le dio un aval a la decisión de Cristina Kirchner, titular del Senado, de dividir en dos el bloque del Frente de Todos para designar al legislador Martín Doñate en el Consejo.
Bajo este argumento, los camaristas Guillermo Treacy, Jorge Alemany y Pablo Gallegos Fedriani rechazaron la apelación del bloque PRO para que se concediera el amparo rechazado en primera instancia.
Juez y Shiavoni, este último también como presidente del Bloque Frente PRO, presentaron una acción de amparo para obtener la nulidad del decreto de presidencia parlamentario 33/22 mediante el cual la Presidencia del Senado designó como miembro titular de la Magistratura a Doñate y, como suplente a Guillermo Snopek.
En la demanda de amparo “sostuvieron que ese acto resultaba evidentemente ilegítimo”.
El senador cordobés Juez fue el elegido por el bloque PRO para ejercer la representación en el Consejo de la Magistratura, pero la división del bloque oficialista lo dejó sin esa vacante.
Ante la justicia, Juez argumentó que la conformación del nuevo bloque significó una maniobra destinada a quitarle la representación en el organismo que designa y remueve a los magistrados.
El Tribunal aclaró en el fallo que “el amparo constituye un proceso excepcional, utilizable en delicadas y extremas situaciones en las que, por carencia de otras vías aptas, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales”.
En el caso del representante de la segunda minoría en el Senado, los jueces no consideraron que se dieran estas condiciones para otorgar el amparo y ratificaron entonces la decisión de primera instancia del 30 de abril pasado.