La Dirección General de Escuelas (DGE) dio a conocer la disposición la Resolución 3972, donde se establece el reglamento para la elección y designación de abanderados y abanderadas de Nivel Secundario 2021, de escuelas orientadas y técnicas, tanto de gestión estatal como privadas.
En el anexo que acompaña a la resolución queda la normativa establecida para realizar este proceso donde los estudiantes deben cumplir algunos requisitos, como tener aprobados todos los espacios curriculares durante el período regular de clases en todos los años de su trayectoria de nivel secundario.
Deberán tabularse los estudiantes en Promoción Acompañada 2020 considerando el período regular de clase al 30/11/2021, ser estudiante regular en penúltimo año del nivel secundario, esto es, cuatro año para secundarias orientadas y quinto año para secundarias técnicas y no haber repetido ningún año del nivel secundario.
Dentro de la normativa no podrán participar en la elección de abanderados los estudiantes que se encuentren en situación “condicional”, sea por motivos de inasistencias o por pérdida de puntos Índice de Convivencia Escolar. Tampoco podrán acceder a la designación aquellos que tengan espacios curriculares pendientes de aprobación ni equivalencias en similar situación.