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La ley y el negocio: el conflicto de intereses que expone la reforma de tierras

El proyecto que ensancha el mercado
El oficialismo buscó avanzar con el proyecto de “Inviolabilidad de la Propiedad Privada“, cuyo capítulo sobre tierras rurales modificaba el régimen de extranjerización. La iniciativa elevaba del 15% al 25% el tope de tierras en manos de extranjeros por jurisdicción y ajustaba varias restricciones de la Ley 26.737, sancionada en 2011 para contener el avance de grandes jugadores globales sobre el territorio argentino.
No se trataba de un detalle técnico: el cambio reconfiguraba quién puede expandir su dominio en zonas agrícolas clave, áreas de frontera y territorios sensibles en términos ambientales y productivos.

En ese contexto, la posición de cada senador no era meramente ideológica: implicaba decidir si la Argentina flexibiliza o no la puerta de entrada a la propiedad extranjera de su tierra.

Mientras el Senado se preparaba para debatir el proyecto, salió a la luz un dato que convierte la discusión en un caso de manual sobre conflicto de intereses. Joaquín Benegas Lynch figura como fundador y director de Glocal Terra SRL, una empresa que ofrece asesoramiento, búsqueda de campos, administración de explotaciones y servicios de inversión en tierras rurales para clientes extranjeros interesados en Argentina, Uruguay, Chile, Perú y Paraguay.
La propia impugnación presentada por la senadora Juliana Di Tullio describe el objeto social de Glocal Terra: “asesoramiento comercial, legal, financiero e intermediación directa destinada a inversores extranjeros para la adquisición de inmuebles y tierras rurales en la República Argentina“. En otras palabras, el senador desarrolla una actividad privada directamente alineada con el mercado que la nueva ley pretende ampliar.

La relación entre función pública y negocio privado es transparente: cualquier flexibilización de la normativa vigente sobre tierras rurales incrementa el universo de operaciones posibles para Glocal Terra, su volumen de negocios y su atractividad ante clientes internacionales. El voto del senador no es un mero acto de convicción doctrinaria; es una decisión que puede impactar en su propio balance económico.

En el plano jurídico, el eje central no es si el senador incurre en un delito, sino si su situación encuadra en un conflicto de intereses incompatible con la ética pública. La Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública establece que es incompatible con el cargo dirigir, administrar, asesorar o prestar servicios a quienes desarrollan actividades reguladas por el Estado, “siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades”.

En su presentación, Di Tullio señala que Glocal Terra se dedica precisamente a intermediar en la adquisición de tierras rurales por extranjeros, materia que el proyecto de ley busca regular y flexibilizar. Remite, además, a las propias guías de la Oficina Anticorrupción sobre el deber de abstenerse y de desvincularse de intereses particulares directamente relacionados con asuntos que se tratan en el cargo. El planteo es claro: existe una “directa y manifiesta colisión” entre el interés público que debe resguardar un legislador y el interés económico privado que representa.

No se trata solo de una incompatibilidad formal. El corazón del problema está en la neutralidad del voto. Cuando el legislador puede beneficiarse económicamente -de manera previsible y concreta- por la reforma que impulsa, la decisión deja de ser un acto imparcial y pasa a ser un instrumento de autopromoción empresarial.

La discusión sobre la extranjerización de la tierra se mueve en dos planos que se superponen: el cuantitativo (cuánto territorio puede estar en manos de extranjeros) y el cualitativo (quién decide esas reglas y con qué motivaciones). La Ley 26.737 fijó el tope en 15%, limitó superficies máximas por titular y estableció restricciones en zonas de frontera y áreas estratégicas. Fue una respuesta normativa a un proceso de concentración de grandes extensiones en manos de capitales externos.

El proyecto que se debate, aun con su versión corregida, ensancha ese límite al 25% y reabre la discusión sobre el modelo de propiedad rural. Que un senador dedicado a vender campos a inversores extranjeros participe como actor central en ese debate afecta no solo la sustancia del régimen, sino su legitimidad. La ciudadanía tiene derecho a exigir que quienes definen la política de tierras no sean, al mismo tiempo, operadores de ese mercado.

La ética pública contemporánea incorpora un principio clave: no alcanza con que el funcionario “sea imparcial”, debe parecer imparcial. La apariencia de neutralidad es un valor en sí mismo, porque sostiene la confianza en las instituciones. Si el Senado tolera que un legislador con intereses directos en la flexibilización de la ley de tierras integre el debate y vote el proyecto, el mensaje que envía es que la frontera entre política y negocio es porosa y negociable.

En democracias que han desarrollado marcos robustos de integridad parlamentaria, situaciones como la de Benegas Lynch activan reglas simples:
obligación de declarar públicamente los intereses económicos relevantes, incluyendo cargos en empresas relacionadas;
deber de abstención en debates y votaciones sobre materias donde exista beneficio económico directo;
en muchos casos, exigencia de desvinculación previa (renuncia a cargos directivos) cuando se asume una banca con competencias sobre ese sector.

La impugnación presentada en el Senado va en esa dirección: pide la abstención, la inhabilitación para firmar dictámenes y la exclusión del debate sobre la reforma de tierras. Más allá de la suerte parlamentaria concreta, lo que está en juego es el estándar que la Argentina se exige a sí misma para evitar que sus leyes se escriban bajo la influencia de quienes se benefician de ellas.

La discusión sobre la extranjerización de la tierra es inevitable y necesaria. Lo que no debería ser negociable es que ese debate se dé sin que quienes tienen negocios en juego se sienten a ambos lados del mostrador. El caso Glocal Terra -y el rol de Joaquín Benegas Lynch- obliga a mirar de frente un problema estructural: la debilidad de nuestras normas sobre incompatibilidades en los cargos públicos cuando se trata de proteger la soberanía del territorio de la captura de intereses privados.

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