Este jueves, a través de la Decisión Administrativa 370/2022 ya publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno de la Nación oficializó los requisitos que debe cumplir una persona si desea ingresar a la Argentina. La medida surge luego de la normalización del ingreso al país a través de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas.
A continuación, estos son los requisitos fundamentales que se detallan:
Los argentinos y residentes en el país deberán completar una declaración jurada acerca de su estado de vacunación y ausencia de síntomas compatibles con coronavirus, “dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje”.
Por otro lado, los extranjeros también tendrán que firmar la misma documentación. Además, deben tener un seguro de salud COVID-19 “con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos”.
Quienes sean argentinos, extranjeros residentes y turistas e ingresen por vía terrestre por un plazo menos a 24 horas quedarán eximidos.
La medida también tiene en cuenta el conflicto que envuelve a Rusia y a Ucrania. Van a quedar exceptuados los extranjeros no residentes de nacionalidad ucraniana, o provenientes de Ucrania, que hayan huido por la guerra. No obstante, el Gobierno aclaró que “mientras permanezcan en situación migratoria transitoria deberán prever la contratación de un seguro de salud COVID-19 si no contaran con alguna otra modalidad de cobertura de salud”.
El Gobierno recomendó a quienes tengan que ingresar a la Argentina y no se encuentren vacunados o que tengan el esquema incompleto, “la realización de una prueba diagnóstica de COVID-19 dentro de las 24 horas posteriores a su entrada al país”. En cualquiera de los casos, los niños menores de seis años quedarán eximidos de practicarse el test PCR o de antígenos para entrar.
Los operadores de transporte, transportistas y tripulantes deberán también completar la declaración jurada electrónica (DDJJ) dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje. En el caso que sean extranjeros no residentes, deberán contar además con un seguro de salud COVID-19.
Por otro lado, aquellos tripulantes no vacunados o con esquema de vacunación incompleto deberán acreditar su estado de salud con una prueba de antígenos realizada al menos 48 horas o PCR negativa realizada al menos 72 horas previas al abordaje.
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Además, se autoriza la salida del país de restos humanos de personas fallecidas a causa de la COVID-19 siempre que cumplan con las condiciones correspondientes para el trámite.
El la Decisión Administrativa también aclara que ya no será necesaria la habilitación de los puntos de ingreso al territorio nacional en carácter de “corredor seguro”, como tampoco deberá mediar intervención de la autoridad sanitaria para posteriores habilitaciones.
Por último, es importante aclarar que no se realizarán controles de temperatura en los puntos de ingreso ni en los embarques con destino argentino. Eso sí, de detectarse o reportarse en el punto de entrada un caso positivo o sospechoso de COVID-19, se activará el Plan de Contingencia de ese Punto de Entrada.