Este miércoles, la Cámara de Diputados de Mendoza convirtió en ley la extensión de la vigencia de las licencias de conducir.
El proyecto venido en revisión del Senado, surgió de la acumulación de dos iniciativas, una impulsada por el Gobierno y otra del legislador Gustavo Cairo (LLA).
De esta forma, quedó establecida la validez de diez años para las licencias que se otorguen hasta los 65 años de edad.
Las modificaciones a la Ley 9024, de Tránsito y Seguridad Vial, según dieron a conocer fuentes oficiales, “tienen como objetivo actualizar la normativa provincial a las tendencias internacionales y facilitar la renovación de la Licencia Nacional de Conducir”.
La Ley Nacional de Tránsito determina la vigencia de la licencia en 5 años hasta los 65, dejando que las provincias le den forma a su regulación para los mayores de esa edad. En Mendoza, a partir de los 65 la renovación debe efectuarse cada 3 años hasta los 70, y anualmente a partir de esa edad, incluyendo una prueba de manejo.
Con la sanción de esta ley, la vigencia será de 10 y 5 años, respectivamente, y de 3 a partir de los 76, eliminando además la prueba de manejo en las renovaciones.
Nueva vigencia de las licencias de conducir
Con las modificaciones aprobadas “con el objetivo de simplificar y agilizar el proceso de renovación de la licencia, reducir costos tanto para la Administración Pública como para la ciudadanía, optimizar los recursos y adecuar la normativa”, quedó ampliado el periodo de vigencia de la Licencia Nacional de Conducir de 5 a 10 años para conductores no profesionales de hasta 65 años.
La excepción a esta medida será para los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor y para reiterantes de la infracción de conducción bajo efectos del alcohol. En estos casos el plazo será de 5 años.
Por otra parte, las licencias otorgadas a personas que tengan entre 66 y 75 años de edad, tendrán una vigencia de 5 años, y a partir de los 76, la vigencia será de 3 años.
El esquema queda entonces de la siguiente manera:
-Hasta los 65 años, 10 años de vigencia
-De 66 a 75 años, 5 años de vigencia
-A partir de los 76, 3 años de vigencia