Sin multas por licencias vencidas, ¿qué pasa con la cobertura del seguro?

El gobierno provincial volvió a extender el plazo durante el cuál no se labrarán actas de infracción a los conductores que tengan la licencia de conducir cuyo vencimiento haya operado desde el 1 de marzo de 2020.

La norma que regía desde el año pasado hasta hoy, 30 de junio, finalmente fue prorrogada nuevamente a través del decreto N° 822, a través del cuál la vigencia se extiende hasta el próximo 31 de diciembre de 2021.

La medida rige para todo el territorio provincial, y a partir de la misma la policía y/o agentes de tránsito no emitirán multas a quienes circulen con el carnet vencido, siempre que el vencimiento no sea anterior al 1 de marzo de 2020, ya que la misma se encuadra dentro de la batería de medidas adoptadas a partir del inicio de la pandemia.

Además, el ejecutivo invitó a los municipios a que se adhieran a postergar los vencimientos de las licencias emitidas en su jurisdicción, en el marco de los convenios que tienen suscriptos con la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

¿Qué pasa con las coberturas de los seguros?

Tras conocerse la extensión de la medida, las dudas recaen sobre lo que sucede en el caso de accidentes viales en los que intervengan conductores en esta situación. Para eso, MTN se comunicó con el vicepresidente de la Asociación de Productores y Asesores de Seguros de Cuyo, Edgardo Juchniuk.

“Que no se vayan a realizar multas no es lo mismo que prorrogar los vencimientos”, indicó.

El representante inició diciendo que, durante el tiempo que lleva la pandemia, “el mercado asegurador y las compañías de seguro están dando la cobertura atendiendo a la situación excepcional”. Sin embargo, advirtió que en términos legales, los hechos podrían ser diferentes. “Si vamos a lo que es la ley perfectamente podrían rechazar un siniestro por no tener la licencia de conducir habilitada”, explicó. 

La legislación vigente no se ha modificado, y el decreto del gobernador Suárez, al que Juchniuk tildó de “demagógico y sin sentido” es que no se van a hacer multas “para continuar con las medidas que se están tomando como consecuencia de la pandemia y para asegurar la salud de la población”, tal cual se expresa en el comunicado prensa.

Que el gobierno haya extendido los plazos respecto de las multas, no implica que las aseguradoras estén obligadas a continuar con una medida excepcional. “Hasta ahora venimos así pero hasta cuándo va a ser, no lo sé”, dijo Juchniuk.

“Hay otra cuestión importante y es que hoy se puede hacer perfectamente la renovación del carnet de conducir, salvo que entremos en una situación de aislamiento estricto como el año pasado. No se entiende”, expresó en relación a las causas que llevan a la decisión del gobierno.

Las situaciones en las municipalidades que expenden licencias nacionales de conducir son dispares si se revisan aquellas municipalidades que otorgan los turnos a través de una página web. En el caso de Luján de Cuyo hay una gran disponibilidad para los próximos meses abarcando desde julio hasta diciembre de este año. Por su parte, en Las Heras el mes de julio ya se encuentra todo completo, mientras que en agosto hay 10 días con disponibilidad. Por su parte en Maipú, sólo se visibilizan turnos disponibles en septiembre.

Por el momento se desconoce, cuáles son las causas de las diferencias entre municipios y si se trata de disposiciones especiales en relación a la atención al público en contexto de pandemia.

“Si quiero estar completamente tranquilo de que la compañía de seguro, va a cubrir ante un siniestro renovaría urgentemente mi carnet de conducir”, sentenció. 

 

 

 

 

 

 

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