El Gobierno nacional delineó un esquema de ajuste para las cuotas de las prepagas, en respuesta al reciente incremento de precios que ha impactado en diversos sectores de la economía.
Según lo detallado por la Secretaría de Comercio, se establece un marco regulatorio para limitar el aumento de las cuotas, protegiendo así a los usuarios de los servicios de medicina privada.
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De acuerdo con las directrices gubernamentales, el valor de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de la fecha de pago o facturación.
Estos aumentos no podrán superar el valor de la cuota del plan de salud médico asistencial del mismo mes de diciembre de 2023, multiplicado por la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación y el mismo índice correspondiente a diciembre de 2023.
Bajo este esquema, se establece un límite máximo de ajuste del 93,3% para las cuotas correspondientes al mes de abril, reflejando la inflación acumulada entre los meses de noviembre y febrero. Mientras tanto, para las cuotas de mayo, el ajuste máximo permitido es del 114,6%, representando la inflación acumulada entre noviembre y marzo.
Por ejemplo, si la cuota a ajustar corresponde al mes de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 en caso de que esta se haya facturado después del 17 de abril.