Portezuelo del Viento: la Fiscalía de Estado avaló la continuidad de la licitación

Para el fiscal de Estado, Fernando Simón, el organismo no tiene atribución para declarar el fracaso de la licitación de la megarepresa – que tendrá una inversión de U$S 1.023 millones – tal como solicitaron los juristas Alejandro Pérez Hualde, Miguel Mathus Escorihuela y Aldo Guarino Arias, por “perjuicio al patrimonio provincial”

El titular la Fiscalía de Estado destacó que el Poder Ejecutivo siempre tiene entre sus atribuciones analizar la conveniencia de la oferta y decidir avanzar o no con la adjudicación en base a las circunstancias actuales, entendiendo que el proceso licitatorio del “Aprovechamiento Multipropósito Portezuelo del Viento” no resulta ilegal ni manifiestamente irrazonableno teniendo por tanto la Fiscalía de Estado atribución ni motivación suficiente para recomendar que se declare su fracaso.

Simón resaltó que estas presentaciones merecían contar con respuestas que contribuyeran a despejar las dudas y planteos recibidos. Los argumentos centrales en que los presentantes fundaron sus peticiones hacían a tres grandes aspectos.

Por un lado, los referidos a la legalidad de la licitación y entre ellos la existencia de una única oferta en la licitación en curso, precio excesivo de la única oferta realizada y el mejoramiento de oferta realizado por el proponente. Luego, los que se fundaban en la importante disminución del caudal del río Grande en la última década, lo que dificultaría el llenado de la presa a construir y podría provocar una disminución de la energía a generar, así como tornar inconveniente la evaluación económica de la obra.

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Y finalmente los que remarcaban la existencia de cuestionamientos en el ámbito del COIRCO a la realización de la presa. En el mismo sentido, advertían la incertidumbre que genera la existencia de reclamos de provincias limítrofes sobre los caudales de las cuencas principales del territorio y de procesos judiciales iniciados en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la realización de la obra.

Fiscalía, previo a expedirse, solicitó informes y ampliaciones al Departamento General de Irrigación, a la Empresa Mendocina de Energía Sociedad Anónima y a la autoridad de aplicación del proceso licitatorio, el Ministerio de Infraestructura de Planificación e Infraestructura Pública, los que terminaron de se ser contestados en los últimos días.

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El dictamen sostiene que “no puede ignorarse que la construcción de la presa es un proyecto formulado hace décadas ya y contemplado en el Tratado de creación del CORICO en 1976″, y que el proceso de concreción tuvo inicio con el convenio transaccional celebrado por el juicio iniciado por Mendoza contra la Nación por los daños provocados a la Provincia por el régimen de promoción industrial que benefició a las provincias vecinas”.

Simón también destaca que “el proceso no ha estado libre de dificultades, y que ha sido objeto de numerosos estudios (incluyendo el análisis de cuatro Universidades Naciones, consultoras y diversos organismos públicos especializados), así como objeto de largos debates y audiencias públicas”.

Antes de analizar cada una de las cuestiones planteadas Simón resaltó que el órgano que comanda no tiene atribuciones para reemplazar o sustituir al Poder Ejecutivo y Legislativo en la toma de las decisiones que la Constitución Provincial les ha encomendado, sino sólo controlar su legalidad y razonabilidad.

En su conclusión indicó, primeramente, que respecto al proceso licitatorio, la existencia de un único oferente no es legalmente causal de fracaso de la licitación y que tampoco resulta un obstáculo legal que se haya solicitado y obtenido una mejora de la oferta del orden del 22%, la que en definitiva resulta en beneficio de la Provincia.

Sobre la disminución de los caudales del rio Grande en la última década, sostuvo que, resulta un hecho incontrovertible que genera incertidumbre. Pero destacó que la simulación del llenado de presa realizado por EMESA, considerando su cierre desde los años 2010 a 2017 (de gran escasez hídrica), concluyen que el embalse se llenaría en un plazo máximo de 4 años y estaría en situación de empezar a generar energía en no más de 12 meses desde el cierre.En cuanto a los cuestionamientos a la evaluación económica, se concluye que el valor de una inversión pública no puede limitarse a analizar el recupero y rentabilidad financiera, sino que debe contemplar muchos otros beneficios, tangibles e intangibles, que resultan de gran trascendencia social, y que elevan la rentabilidad al 28%, de acuerdo a los informes existentes.

Respecto a eventuales conflictos interjurisdiccionales y planteos judiciales, opinó que situaciones similares pueden darse respecto a cualquier obra hidroeléctrica que decida realizar la Provincia, por lo que no resultan por sí causa suficiente para no avanzar en su realización. Sin perjuicio de ello, señaló que no puede descartarse la posibilidad de que una decisión ajena a las autoridades provinciales (sea del Poder Ejecutivo Nacional en el marco del COIRCO o del Poder Judicial), pueda obstaculizar el avance de la ejecución de la presa. Así sostuvo que ello, al igual que la disminución de caudales y el informe de EMESA sobre el tema, deberán ser debidamente merituados por el Gobernador.

En este punto, el organismo de control recomienda que, en el caso que el Sr. Gobernador decidiera darle continuidad al proceso licitatorio, a fin de proteger el patrimonio provincial, resulta necesario que se precise el alcance de las renuncias que ha realizado el oferente a realizar reclamos indemnizatorios o de cualquier otro tipo frente a una eventual suspensión, paralización o fracaso de la obra por causa ajena a la voluntad de las autoridades provinciales.

Dictamen Fiscalía de Estado – Licitación Portezuelo del Viento by Fernanda Oviedo on Scribd

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