Mendoza reglamentó el uso de armas en seguridad privada: qué dice la nueva ley

El Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza reglamentó la Ley N° 9.578 de Seguridad Privada, estableciendo nuevas condiciones para el funcionamiento de las empresas del sector y el uso de armas letales y no letales, incluyendo las pistolas Taser.

La normativa quedó formalizada con el Decreto N° 264, publicado este martes en el Boletín Oficial. Según explicó la ministra Mercedes Rus, la reglamentación fue elaborada tras una serie de reuniones con distintos actores involucrados desde octubre de 2024 hasta principios de 2025.

Mercedes Rus

Uno de los puntos clave de la ley es la creación del Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada, en el que todas las empresas deberán inscribirse obligatoriamente para poder operar en Mendoza. Además, se establece la capacitación obligatoria del personal y se fijan criterios estrictos para el uso de armas disuasivas y de fuego.

Respecto al uso de armas de fuego, la normativa aclara que solo podrán emplearse cuando las necesidades del servicio lo justifiquen y previa autorización de la Dirección de Seguridad Privada. Esta entidad evaluará el tipo de servicio, el contexto de seguridad y la capacitación del personal antes de otorgar permisos.

Asimismo, las empresas deberán mantener un registro actualizado de la cantidad y tipo de armas, garantizar la seguridad en las salas de almacenamiento y realizar ADN balístico en las municiones.

En cuanto a las armas de baja letalidad, el decreto habilita el uso de pistolas Taser, bastones extensibles, spray de pimienta, armas de aire comprimido y hasta drones y perros adiestrados para seguridad.

Otro punto central de la ley es la regulación de las cooperativas de seguridad privada. Si bien la normativa prohíbe que asociaciones civiles, mutuales o fundaciones presten este servicio, hace una excepción para las cooperativas que ya estaban constituidas antes de la entrada en vigencia de la ley.

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El decreto también establece que la Dirección de Seguridad Privada tendrá la potestad de autorizar, habilitar y controlar las empresas registradas, e incluso revocar habilitaciones si detecta irregularidades. Además, podrá otorgar permisos especiales para empresas extranjeras que presten servicio en eventos puntuales en Mendoza.

Las empresas que deberán inscribirse en el registro incluyen:
Vigiladores privados en edificios e industrias
Custodios de personas y mercaderías
Investigadores privados
Personal de seguridad en locales bailables y eventos masivos
Empresas de seguridad tecnológica (alarmas, videovigilancia y monitoreo)

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