
La modificación —impulsada por el Ministerio de Seguridad y Justicia— adapta la reglamentación local a los cambios del decreto nacional 196/2025, que reformó la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.
De esta forma, Mendoza avanza en la adhesión parcial a la legislación nacional mediante la Ley Provincial N° 9024.

Nuevos plazos de vigencia
El decreto modifica el anexo II del decreto 326/18, estableciendo diferentes períodos de validez para las licencias profesionales (categorías C, D y E), según la edad del conductor:
De 21 a 65 años: vigencia de 5 años, con examen psicofísico obligatorio.
De 66 a 70 años: vigencia de 2 años, también sujeta a evaluación psicofísica.
Mayores de 70 años: renovación anual, según aptitud médica.
El texto mantiene la excepción para el personal policial y penitenciario que cumple funciones de chofer o motorista, eximiéndolos del requisito de antigüedad en la clase B para tramitar la licencia profesional.
Requisitos y nuevas precisiones
La actualización incorpora además disposiciones adicionales:
Los nuevos titulares de licencias profesionales serán considerados conductores principiantes.
Se denegará la clase D (transporte escolar o de menores) a personas con antecedentes penales por delitos graves.
Se permitirá la habilitación profesional a personas con discapacidad, siempre que cumplan con las mismas condiciones psicofísicas y técnicas que el resto, utilizando vehículos adaptados.
Desde el Ministerio de Seguridad y Justicia explicaron que la medida apunta a fortalecer los controles de seguridad vial, garantizar criterios homogéneos en la evaluación y mejorar la trazabilidad de las licencias emitidas en Mendoza.



