En dos audiencias excepcionales de poco más de media hora cada una, los jueces penales Eleonora Arenas y Gabriel Bragagnolo, dispusieron el sobreseimiento para 52 personas que se encontraban imputadas por violación del artículo 205 (violar las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia) en pleno contexto de la pandemia del coronavirus.
Asistieron al Polo Judicial quienes se encontraban imputados y que, durante la audiencia, expresaron el consentimiento para arribar a una “solución pacífica y de reparación simbólica”, donando dos cajas de leche en polvo larga vida, que serán destinadas luego a las carteras de Salud y Educación del Gobierno Provincial.
El Fiscal Fernando Guzzo representó al Ministerio Público Fiscal (titular de la acción penal contra los infractores) y expuso las razones y condiciones para que las personas sobre las que pesa este tipo de imputaciones se acojan al beneficio. Luego de detallar el contexto en el que se dieron los hechos, Guzzo solicitó el sobreseimiento de cada una de las personas y la extinción de la acción penal señalando: “Los hechos en los que fueron sorprendidos pusieron en riesgo a la población en un momento en el que el país incluso había cerrado sus fronteras y restringido sus actividades al mínimo. No podemos mirar para otro lado y hacer de esto un ‘acá no ha pasado nada’. La sociedad espera una respuesta del Estado. Acogidos por la Ley, estamos ofreciendo una solución que es simbólica y pacificadora y por eso es que solicitamos que se dicte el sobreseimiento”.
Previo al comienzo formal de cada audiencia, el defensor oficial Gabriel Galeota, explicó la mecánica del procedimiento, los derechos y los alcances de la acción penal que pesa contra las personas que violaron la cuarentena y fueron citadas. “Se trata de un acuerdo beneficioso al que sólo pueden acogerse quienes estén presentes y presten su consentimiento. De no presentarse, o de no prestar conformidad con la propuesta, la causa no se extingue y pasa a la instancia de juicio”. De igual manera, sostuvo que quienes deseen dar curso individual a su causa, están en libertad de hacerlo.
Divididos en dos grupos, fueron convocadas aquellas personas imputadas por participar en llamadas fiestas clandestinas, quienes –de acuerdo lo que entiende el Ministerio Público Fiscal- cometieron una infracción que reviste de mayor gravedad.
En tanto, desde el lunes 11 de julio, serán citadas aquellas personas que fueron notificadas de la infracción mientras circulaban por la vía pública, cuando no estaba permitido, sin los permisos que se exigían en su momento y que eran emitidos por organismos estatales. En el caso de quienes no se presenten, y tal como lo explicó la defensa oficial, no podrán acceder a la instancia de sobreseimiento y la causa penal seguirá su curso.
¿Qué pasa con las otras circunscripciones?
Para el caso de la Primer Circunscripción Judicial (Mendoza, Godoy Cruz, Maipú, Las Heras, Guaymallén, Luján de Cuyo y Lavalle) todas las personas que fueron imputadas por violar el Aislamientos Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), medida determinada por el Gobierno Nacional, deberán presentarse en el lugar, fecha y hora, según se estableció en el siguiente cronograma: