En el 2020, la Ley N° 27.553 fue sancionada por el Congreso de la Nación Argentina, el cual habilitó el uso de recetas electrónicas. Dicha ley afecta a cualquier receta o prescripción médica, odontológica u otros profesionales sanitarios que pueden prescribir. Además, aclara que los medicamentos recetados en forma electrónica deben ser dispensados en las farmacias todo el país.
En ese sentido, la senadora Claudia Najul, junto a Abel Freidemberg, presentaron un proyecto de Ley para que se implemente en todo el territorio de Mendoza las recetas digitales. Según indicaron, es una herramienta que mejora la calidad de atención de los pacientes y reduce los trámites burocráticos en las consultas médicas. También, apuntaron que la informatización del sistema de salud es un proceso de gran potencialidad que permitirá, entre otras cosas, mejorar la calidad administrativa, disminuir costos y brindar calidad de información.
Durante su tratamiento en el recinto, el senador Rolando Baldasso pidió que se acumule un proyecto de iguales características que fue presentado por él. “Vamos a adherir como bloque ya que estamos dando un paso adelante para todos los mendocinos”, sostuvo el representante del bloque Unión Mendocina.
Luego, la senadora provincial Claudia Najul, explicó: “Con esto no sólo adherimos a la Ley Nacional sino que además se modifican dos leyes provinciales para modernizar todo el sistema de salud vinculado a las recetas. Con esto incorporamos una herramienta más, que brinde mayor legibilidad a las recetas”.
Posteriormente el proyecto de sometió a tratamiento. Fue aprobado por unanimidad, por lo que fue remitido a la Cámara de Diputados en revisión.
Cómo funciona la receta electrónica
La Ley de Recetas Electrónicas, tras su sanción en el 2020, aclaró lo siguiente. Es un documento electrónico de carácter sanitario confeccionado a través de un sistema de prescripción electrónica específicamente diseñado y firmado digitalmente por un profesional de la salud autorizado. El mismo, puede utilizar este medio para prescribir medicamentos y/o productos médicos para ser administrados, aplicados o consumidos, cuando así lo requiera.
En tanto, dicha firma digital debe poder ser identificada por terceras partes. Esto con el fin de corroborar la identidad de su dueño y detectar cualquier posible alteración del documento.