
Durante el análisis de las pautas económicas provinciales para el ejercicio fiscal 2027 en la Comisión de Hacienda y Presupuesto, la Administración Tributaria Mendoza (ATM) detalló los criterios que se aplicarán para el cálculo del Impuesto Automotor, un punto que generó controversia el año pasado.
El titular de la entidad recaudadora, Alejandro Donati, expuso las iniciativas de Ley Impositiva y Avalúo, y confirmó cuál será la metodología oficial para determinar las bases imponibles de los vehículos. La definición no es menor: el Gobierno utilizará como parámetro la lista de valuaciones que esté disponible al momento de la facturación -generalmente en enero- y que resulte ser la más abarcativa del mercado, eligiendo entre los registros de la Asociación de Concesionarias de la República Argentina (ACARA) o los de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA).
La regla de la “lista única y más completa”
Frente a los legisladores, Donati precisó que se optará por una sola fuente de datos para evitar distorsiones y no se realizará una combinación entre diferentes nóminas. El criterio central será seleccionar “la que contenga la mayor cantidad de automotores y contemple los 20 años que facturamos”, según explicó la autoridad tributaria.

Al repasar las complicaciones técnicas que se presentaron en ejercicios anteriores, el funcionario recordó el impacto que tuvieron las reformas nacionales sobre los registros: “El valor de los autos está fijado por las publicaciones que realiza la Dirección Nacional, ACARA o alguna revista especializada que nos pueda brindar el valor de los vehículos. En aquel momento la discusión giró en torno a que se discontinuó la tabla con el famoso Decreto 70/2023, que decía que se tenía que dejar a un lado a los registros automotores”.
En esa misma línea, remarcó las dificultades operativas que enfrentó la provincia: “Todo lo que fue entrando al mercado de vehículos no existía. Cuando llegó el momento de facturar, esa tabla no estaba actualizada y la norma decía que podíamos utilizar la que estuviese disponible”. Respecto a las alternativas que existen en el país, acotó que “en Buenos Aires hay un organismo que publica el valor, pero que es incompleto. Algunos autos tienen 20 modelos, pero publican 10”.
El antecedente del reclamo judicial
La aclaración de la ATM se da luego del conflicto desatado de 2025, cuando la Justicia mendocina intervino tras una demanda presentada por el Partido Verde. En aquel momento, legisladores de la oposición interpusieron una medida cautelar solicitando recalcular el tributo -que había registrado un incremento promedio del 150% respecto al año anterior- al considerar que la provincia debía tomar los valores informados por la DNRPA en lugar de las cotizaciones de ACARA, las cuales solían arrojar montos más elevados.
Sin embargo, en junio de ese año, el Juzgado Civil y Comercial Nº 12 desestimó el amparo opositor y ratificó la legalidad de los aumentos aplicados por el Ejecutivo provincial. “Algunos legisladores lo llevaron a la Justicia y a Ética Pública y se resolvió. El valor de los vehículos se determina con lo que esté disponible al momento de facturación, que por lo general es durante el mes de enero”, dijo Donati.
Cómo funcionará el Impuesto Automotor en 2027
Para automóviles, rurales, pick-ups de hasta 4.000 kilos y motovehículos de modelos comprendidos entre 2006 y 2027, el proyecto mantiene las alícuotas progresivas que van del 1,50% al 3%, según el valor fiscal del vehículo.
La escala comienza con una alícuota del 1,50% para vehículos con una base imponible de hasta $7.739.000 y llega al 3% para aquellos cuyo avalúo supere los $95.375.000. Entre ambos extremos existen distintas categorías con porcentajes crecientes.
Esto implica que el impuesto no se calculará con una tasa única para todos los vehículos. El monto dependerá del avalúo asignado y de la categoría correspondiente. Una actualización del valor fiscal, por lo tanto, puede modificar el importe que deberá pagar cada propietario aun cuando las alícuotas permanezcan sin cambios.
Para camiones y vehículos de carga de más de 4.000 kilos, el proyecto establece una alícuota del 0,3% del valor asignado para los modelos comprendidos entre 2000 y 2027.
La propuesta también mantiene el Pago Único Liberatorio (PUL) para determinados vehículos. El beneficio contempla a motovehículos cuyo avalúo no supere los $10 millones y a determinados automóviles y pick-ups de modelos 2006 y anteriores que cumplan con las condiciones establecidas por la normativa.
A continuación, detallamos las nuevas alícuotas que se aplicarán según el valor de mercado del vehículo:
- Vehículos con valor de hasta $7.739.000: la alícuota será del 1,5%.
- Ejemplo: Si el vehículo cuesta $7.500.000, el impuesto será de $116.085
- Vehículos con valor entre $7.739.000 y $15.478.000: la alícuota será del 1,6%.
- Ejemplo: Para un vehículo valuado en $14.000.000, el impuesto será de $224.000.
- Vehículos con valor entre $15.478.000 y $25.833.000: la alícuota será del 1,7%.
- Ejemplo: Si el vehículo cuesta $22.000.000, el impuesto será de $374.000.
- Vehículos con valor entre $25.833.000 y $38.695.000: la alícuota será del 1,8%.
- Ejemplo: Si el vehículo está valuado en $33.000.000, el impuesto será de $594.000.
- Vehículos con valor entre $38.695.000 y $51.557.000: la alícuota será del 2%.
- Ejemplo: Para un vehículo valuado en $45.000.000, el impuesto será de $900.000.
- Vehículos con valor entre $51.557.000 y $64.419.000: la alícuota será del 2,25%.
- Ejemplo: Si el vehículo cuesta $60.000.000, el impuesto ascenderá a $1.350.000.
- Vehículos con valor entre $64.419.000 y $95.375.000: la alícuota será del 2,5%.
- Ejemplo: Para un vehículo valuado en $80.000.000, el impuesto será de $2.000.000.
- Vehículos con valor superior a $95.375.000: la alícuota será del 3%.
- Ejemplo: Si el vehículo está valuado en $100.000.000, el impuesto será de $3.000.000.


