La Suprema Corte estableció cronogramas rotativos de trabajo

Lo hizo mediante una acordada para "asegurar la protección del derecho a la salud pública, tanto de los agentes que prestan servicio en todas sus dependencias y fueros, como de la sociedad en su conjunto".

En el marco de la segunda ola del coronavirus, el Poder Judicial de la provincia dispuso medidas que modifican la forma de trabajo a través de la acordada 30003.

La Suprema Corte dispuso la implementación de esquemas rotativos en todas las dependencias administrativas y tribunales de la provincia, es decir que ahora estos empleados trabajar una semana de forma presencial y una semana de manera virtual.

La Suprema Corte tomó esta decisión ya que se “debe asegurar la protección del derecho a la salud pública, tanto de los agentes que prestan servicio en todas sus dependencias y fueros, como de la sociedad en su conjunto“.

“La situación epidemiológica de la provincia revela un crecimiento exponencial de contagios en los últimos días, lo que amerita el establecimiento de medidas sanitarias adicionales destinadas a evitar consecuencias perjudiciales para los agentes que prestan servicio en todas las dependencias de esta Suprema Corte de Justicia”, añade el paper.

En tal contexto, indica que “el esquema de equipos rotativos de trabajo resulta ser una organización funcional adecuada para garantizar por parte de las dependencias administrativas y Tribunales dependientes de esta Suprema Corte, tanto la prestación del servicio de justicia a través de la atención de profesionales y justiciables, como el resguardo sanitario de los agentes que prestan servicio al procurar evitar contagios entre los distintos equipos”.

Asimismo, mediante la acordada 30005, se suspenden los plazos procesales del Tercer Tribunal de Gestión Judicial Asociada de la primera circunscripción judicial.

Allí se sostiene que “durante el transcurso del estado de emergencia sanitaria, esta Suprema Corte adopta medidas que priorizando la protección del derecho a la vida y a salud pública aseguren el efectivo cumplimiento del derecho de acceso a la justicia“.

“el tercer Tribunal de Gestión Judicial Asociada atraviesa excepcionalmente, una limitación de su personal, con licencia o aislado por razones sanitarias, que tornan imposible cumplir con los plazos procesales y resienten la efectiva y eficiente prestación del servicio de justicia”, argumenta decidiendo suspender los plazos procesales hasta el 26 de abril.

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