En un histórico fallo publicado este jueves, el Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, en Perú, ordenó al Ministerio de Salud del país respetar la voluntad de Ana Estrada Ugarte de poner fin a su vida a través de la eutanasia.
La sentencia ha considerado que en este caso se encuentran “afectados los derechos a la dignidad, autonomía, libre desarrollo de su personalidad y de la amenaza de no sufrir tratos crueles e inhumanos”, por lo que ha establecido que se inaplique el Código Penal para este caso para que no puedan ser procesados los profesionales que intervengan en su muerte.
#LoÚltimo Décimo Primer Juzgado Constitucional de la @CSJdeLima ordena al Ministerio de Salud y a EsSalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte, de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia.
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— CSJ de Lima (@CSJdeLima) February 25, 2021
Así, se determina que las instituciones del país deben respetar la libre voluntad de Estrada de morir con dignidad a través del procedimiento de la eutanasia, que se llevará a cabo por un médico que le suministre por vía directa, tanto oral como intravenosa, un fármaco para acabar con su vida, o bien a través de otro procedimiento que se determine adecuado para tal fin.
Según el fallo, la eutanasia deberá ejecutarse dentro de los 10 días hábiles contados a partir de que Estrada manifieste su voluntad.
A Ana Estrada le fue diagnosticada una enfermedad degenerativa a los 12 años. Durante una etapa pudo llevar una vida relativamente normal, estudió Psicología y ejerció durante unos años. Después, el avance de la enfermedad le impidió seguir trabajando y actualmente apenas puede moverse y pasa alrededor de 20 horas al día postrada en una cama.