La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) salió a aclarar este lunes la confusión generada ante los anuncios del Gobierno nacional en cuanto al uso de la cédula azul a la hora de conducir un vehículo ajeno.
De esta forma y hasta el momento, se mantendrán los requerimientos de la ley vigente con respecto a la documentación solicitada para la circulación en vehículos en el territorio nacional. “Esto será así hasta se dicten las normas necesarias para la aplicación efectiva de las medidas anunciadas este viernes 3 de mayo de 2024”, detalló el organismo en un comunicado de prensa.
“Durante los controles vehiculares que el organismo nacional realiza junto a las jurisdicciones locales se continuará solicitando a los conductores la documentación que requiere la ley vigente a la fecha”. Así, la cédula azul aún es obligatoria para quienes conduzcan un vehículo que no es el suyo.
La documentación requerida
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Licencia Nacional de Conducir.
- Cédula verde y/o azul.
- Comprobante de seguro vigente.
- Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO).
- Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
- Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.