La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de medallones vegetales congelados por estar “falsamente rotulados”. La medida fue oficializada este jueves a través de la Disposición 3023/2023, la cual fue publicada en el Boletín Oficial.
Los productos prohibidos corresponden todos a la marca Fast Good y se trata de los siguientes medallones:
- Medallón congelado de arroz yamaní, arvejas y espinaca, RNPA 16020889, Lotes 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96.
- Medallón congelado de quinoa, garbanzos y cebolla, RNPA 16020885, Lotes 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96.
- Medallón congelado de garbanzos, porotos negros y remolacha, RNPA 16020875, Lotes 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96.
- Medallón congelado de garbanzos, porotos negros, puerro, cebollas y pasta de sésamo, RNPA 16020897, Lotes 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96.
- Medallón congelado de lentejas, garbanzos y zanahorias, RNPA 16020876, Lotes 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96.
- Medallón congelado de lentejas, calabaza y cebollas, libre de gluten, RNPA 16020877, Lotes 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96.
La medida
Según el documento, dichos alimentos “incluían en su rótulo el símbolo y la leyenda de ‘Sin TACC’ (Alimento Libre de Gluten)” sin contar con la autorización correspondiente. Un hecho que los convertía en “productos ilegales”.
La investigación se originó a partir de una auditoría realizada por la Coordinación Provincial de Salud Ambiental de la provincia de Río Negro (CPSA). Dicha entidad detectó que los alimentos se estaban vendiendo con el logo de Alimento Libre de Gluten sin estar habilitados para ello.
El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL “recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional toda vez que se trate de productos alimenticios que posean la leyenda ‘Libre de Gluten’ y/o el símbolo ‘Sin TACC’ sin contar con la habilitación para dicho atributo”.