Este jueves la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el impuesto indirecto a las apuestas online. Este tributo se aplica sobre los créditos ingresados por los usuarios de las plataformas. Fue publicado hoy en el Boletín Oficial a través de la resolución 5228/2022.
La resolución establece plazos y condiciones para el ingreso del tributo por parte de los operadores e intermediarios alcanzados por la misma.
De acuerdo a la legislación vigente, el 95% de lo recaudado es coparticipable y el 5% restante se destina a la firma estatal Empresa Argentina de Soluciones Satelitales (Arsat).
Es importante aclarar que los operadores e intermediarios, en su rol como agentes de percepción, deberán solicitar el alta en el impuesto para el ingreso del gravamen consignando el código “441 – Apuestas Online”. Cuando existan operadores extranjeros, el agente de percepción será la entidad financiera o bancaria que funcione como intercesor entre el usuario y la plataforma que posibilite el pago de la apuesta.
¿De cuánto son las alícuotas establecidas por la AFIP?
La alícuota es progresiva y se inicia en 2,5% para operadores residentes en el país que hayan realizado inversiones genuinas y se extiende hasta el 15% para los residentes en países de baja o nula tributación.