Recientemente se logró identificar una nueva de fauna especie silvestre pocas veces vista en Mendoza. Gracias al trabajo conjunto entre el equipo de Guardaparque de la reserva y propietarios de campos, hallaron a una Corzuela Parda en Santa Rosa.
El Director de Recursos Naturales, Sebastián Melchor, se expresó al respecto. “Uno de los ciudadanos entrevistados manifestó haber observado un grupo de cinco individuos, en diferentes ocasiones. El resultado de las cámaras trampas arrojó la imagen de dos individuos, días después”.
“La institución tenía conocimiento de la posible existencia en el territorio provincial de la corzuela parda, especie silvestre protegida de la fauna, pero aún no había sido constatada fehacientemente en nuestra provincia”, agregó.
Características de la Corzuela Parda
El animal tiene una amplia distribución en el país y no existe evidencia de que haya disminuido regionalmente en los últimos años. Pese a ser una especie muy cazada, persiste y se recupera rápidamente en cuanto la presión disminuye.
“Está presente en ambientes naturales, áreas protegidas y paisajes severamente degradados y hasta transformados, presumiéndose además un tamaño poblacional grande. Si bien su hábitat original se encuentra muy fragmentado, en especial en la región chaqueña y el espinal, es capaz de sobrevivir y reproducirse en fragmentos y en la matriz agrícola“, comentaron desde la Sociedad Argentina para el Estudio de los Mamíferos y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.
Añadieron que “es uno de los mayores herbívoros de los bosques nativos, que contribuye a mantener la heterogeneidad y diversidad de la composición vegetal. Es dispersor de pequeñas semillas y presa de grandes depredadores. Las principales amenazas para la especie son la pérdida de hábitat y la cacería”.
Especie protegida
La Dirección de Recursos Naturales Renovables recuerda que la fauna silvestre de la provincia de Mendoza está protegida por la Ley Nacional de conservación de la fauna silvestre 22421. la Ley Provincial de adhesión 4602/84, su modificatoria la Ley 7308 y el Decreto Reglamentario 1890/05.
La captura, tenencia ilegal y comercialización de fauna están penadas por la legislación, como también la destrucción de sus hábitats. El infractor podría quedar a disposición de la Justicia y podrá ser reprimido con penas de prisión. Además, las multas por este tipo de infracciones alcanzan valores que pueden llegar a superar los 2 millones de pesos por ejemplar, según la gravedad del hecho.