El presidente Alberto Fernández recibió un duro revés por la Fiesta en Olivos. El fiscal Fernando Domínguez rechazó hoy el planteo de atipicidad. De esta manera, se considera que hubo delito en los hechos investigados.
Ahora deberá expedirse el juez federal de San Isidro Lino Mirabelli, que se hizo cargo de la investigación luego de una disputa de competencia con la jueza Sandra Arroyo Salgado.
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Luego de que estallara el escándalo, en agosto pasado el mandatario argumentó que lo ocurrido el 14 de julio de 2020 en la residencia presidencial no constituía un delito, y por este motivo solicitó que se declarara extinta la acción penal y se decretara su sobreseimiento.
“Soy abogado penalista desde hace muchísimo tiempo. Y también doy clases en la facultad de Abogacía. Lo que investiga la justicia federal es lo que se llama un Delito de Peligro Abstracto. Por lo tanto, como está probado que no hubo contagios durante el brindis, no hay configuración de la figura penal”, explicó Alberto Fernández en su momento a la hora de manifestarse sobre lo sucedido.
Dentro del escrito presentado ante la Justicia, el jefe de Estado señaló: “Como consecuencia de lo expuesto se haga lugar a la excepción de falta de acción por manifiesta atipicidad y, como consecuencia de ello, se proceda al dictado del sobreseimiento del suscripto”.
Domínguez rechazó ese planteo en un dictamen que presentó hoy en el expediente y al que tuvo acceso Infobae. “La doctrina nacional resulta conteste a la hora de afirmar que la excepción por falta de acción fundada en la ausencia de delito sólo es viable cuando surge en forma manifiesta la falta de adecuación típica del hecho incriminado”, sostuvo el fiscal federal de San Isidro. Y agrega: “Los hechos investigados de modo alguno pueden tildarse de palmaria y/o de evidentemente atípicos.