Este viernes, Alberto Fernández publicó un decreto que deja sin efecto la traba que había dispuesto el ex presidente Mauricio Macri, sobre el control de ingreso al país, de personas con antecedentes penales.
Por medio del decreto 70, del año 2017, Macri modificó la Ley de migraciones impulsando un “procedimiento migratorio especial sumarísimo” que establecía la expulsión a delincuentes extranjeros, aunque también impedía el ingreso de individuos con antecedentes penales. Esta medida abarcaba a condenados o procesados “por delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad” o “delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas”.
En el gobierno encabezado por Alberto Fernández considera que la medida que tomó con anterior Macri era “irreconciliable con nuestra Constitución Nacional y con el sistema internacional de protección de los derechos humanos”.
Y continuaron: “Cabe mencionar la violación al principio del debido proceso, al derecho a contar con asistencia y defensa legal, la restricción a un control amplio y suficiente del poder judicial sobre los actos de la autoridad administrativa, la amplitud con la que se prevé la retención preventiva del y de la migrante sin definir las causas que la habilitan y la restricción a los derechos de reunificación familiar y dispensa por razones humanitarias”.
El actual Jefe de Estado dejó sin efecto lo dispuesto por su antecesor, argumentando que en esos hechos no se evidenciaron “mejoras ponderables en otros aspectos” sino que se “agravó exponencialmente la litigiosidad en materia migratoria”.
Inclusive recordaron un fallo del año 2018 que estableció la “invalidez constitucional” de la disposición en cuestión por demostrar “caracteres regresivos incompatibles con los estándares constitucionales y de derechos humanos vigentes en nuestro ordenamiento jurídico”.