Este es el nuevo decreto que flexibiliza las restricciones

Las nuevas medidas rigen desde este viernes y hasta el 31 de diciembre. Se estableció la presencialidad en el trabajo para el sector público y se autorizaron actividades de "un mayor riesgo epidemiológico y sanitario".

El Gobierno nacional publicó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), por medio del cual quedaron oficializadas las nuevas medidas preventivas generales.

Además, regularon la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario desde el 1° de octubre hasta el 31 de diciembre de 2021, aunque aclararon que el jefe de Gabinete, Juan Manzur, “puede suspender o modificar las normas previstas, de acuerdo a la evaluación del riesgo epidemiológico y sanitario y del avance de la vacunación, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional”.

De esta forma, desde Casa Rosada explicaron que continúa vigente la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las personas), de ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, de lavarse las manos frecuentemente, y de usar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos. Igualmente, sobre este punto, especificaron: “Ya no será necesario usarlo cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas”.

“Todas las actividades deberán realizarse según los protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, manifestaron.

Y enfatizaron que: “En ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de ‘caso confirmado’, ‘caso sospechoso’ o ‘contacto estrecho’”.

El Gobierno nacional permitió la realización de actividades que revisten un mayor riesgo epidemiológico y sanitario, pero remarcó que se deberán cumplir los protocolos de las autoridades sanitarias.

Viajes

  • Los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes o similares deberán contar con autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia; todas las personas integrantes del contingente deberán contar con un test de antígeno negativo al embarcar; al regreso deberán realizar un test de antígeno previo al abordaje del transporte de regreso. En caso de resultar positivo alguno de los tests, se coordinará con las autoridades locales para el aislamiento de los casos y sus contactos estrechos. Además, aquellas personas que no cuenten con esquema completo de vacunación 14 días previos al inicio del viaje deberán realizar un aislamiento de siete días y, por su cuenta, un nuevo testeo que deberá ser informado al Sistema Nacional de Vigilancia por el laboratorio. El control de la realización del testeo estará a cargo de la empresa de viajes.
  • En los viajes grupales de jubilados y jubiladas todo el contingente deberá presentar esquema de vacunación completo ocurrido por lo menos 14 días previos al inicio del viaje.

Boliches y fiestas

  • Las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada. Además, deberán requerir a quienes concurran el esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14 días antes.
  • En el caso de los salones de fiestas, alternativamente al esquema de vacunación, podrán solicitar un test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas.

Eventos masivos

  • Los eventos masivos de más de mil personas en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo, o al menos una dosis de vacuna y un test diagnóstico negativo. Si el evento se realiza al aire libre, podrán deberán requerir a las personas concurrentes que sean mayores de 18 años que cuenten con al menos una dosis de vacuna aplicada.

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