La versión circula por Whatsapp desde hace semanas y ha llegado a la redacción de Diario MTN en varias oportunidades en los últimos días.
Asegura que “la vacunación forzosa se instrumentará utilizando el mismo procedimiento con el que se realizan los actos eleccionarios”.
Y aclara: “Quienes no cuenten con su certificado digital de vacunación -relacionado informáticamente con DNI, CUIL, CUIT, CBU, etc.- no podrán realizar operaciones económicas, cobrar sueldos, beneficios jubilatorios ni subsidios o plan alguno, como así tampoco podrán utilizar medios de transporte y serán detenidos en controles urbanos, interurbanos y provinciales cuando se movilizen por medios propios (sic)”.
Para intentar darle credibilidad a la versión se publica un link de la Resolución Conjunta 6/2020 del Ministerio de Salud y la Administración Nacional de la Seguridad Social y Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.
Pero esa norma nada dice acerca de vacunación alguna, sino que refiere a la implementación del “Certificado Digital de Hechos Vitales”. Por su parte, fuentes de la cartera de Salud consultadas por este portal también desmintieron esa información.