Elecciones: ¿Qué ocurrirá con los mendocinos que tengan síntomas o estén contagiados de Covid-19 al momento de la votación?

Si bien el voto es un derecho cívico y no se puede prohibir, la Justicia electoral no quiere que las personas con síntomas acudan a sufragar, para así evitar posibles contagios.

Teniendo en cuenta el actual contexto de pandemia y las venideras elecciones, la Cámara Nacional Electoral dejó en libertad de acción a los jueces federales con competencia electoral para que ellos decidan que hacer en cada provincia. 

Igualmente, según publicó La Nación, se han adoptado algunas prevenciones para que en caso de que algún ciudadano con sintomatología de Covid-19 concurra a votar, se le permita hacerlo de manera segura, para no contagiar a las autoridades de mesa ni al resto de los electores. Por ejemplo, sufragar en el “cuarto oscuro accesible”, disponible para las personas con discapacidad, que luego del voto será sanitizado.

En Mendoza, Walter Bento hizo saber que seguirán los lineamientos dispuestos por la Cámara Nacional Electoral

Igualmente, en la mayoría de los tribunales federales electorales de todo el país consideran que aquellas personas que crean tener Covid-19 se queden en su casa y que esa no concurrencia a emitir el voto quede justificada.

La Cámara Nacional Electoral elaboró un protocolo sanitario que prevé esta dispensa para las personas que estén aisladas por Covid-19, ya sea porque estén contagiadas o porque sean consideradas casos sospechosos o contactos estrechos.

La Cámara dijo que “si se presenta a votar un elector con síntomas o que sea sospechoso, se le informará que está justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo”. Así lo escribieron los jueces Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía.

Igualmente, especificaron los jueces que en cada distrito “el juez federal electoral determinará el procedimiento de emisión de voto” para aquellas personas que, a pesar de tener síntomas o ser sospechosos de tener Covid-19, quieren ir a votar.

En el párrafo siguiente de su acordada, la Cámara le hizo un guiño a los jueces de cada provincia. Les dijo que deben prever que se habilite en cada local de votación un “cuarto oscuro accesible”, destinado originalmente para las personas discapacitadas.

La idea es que si un votante con síntomas insiste en votar lo haga en este cuarto oscuro accesible y que, cuando se retire, el lugar sea sanitizado de manera exhaustiva para permitir su uso posterior sin riesgos.

No obstante, esta situación, entre los jueces federales con competencia electoral de todo el país hay reservas sobre el asunto, ya que creen que si permiten el voto de alguien con síntomas ponen en riesgo a las autoridades de mesa y al resto de los votantes de ese local de votación. Prefieren que no acudan a votar.

En la ciudad de Buenos Aires, la jueza María Servini está preocupada por este asunto y quiere reducir los riesgos al máximo. En la provincia de Buenos Aires, el juez Alejo Ramos Padilla comparte la preocupación. Allí evalúan que los decretos en vigor sobre la pandemia ya señalan que las personas con dos síntomas como mínimo compatibles con Covid-19 deben estar aislados en sus casas, con lo que esos votantes deberían someterse a la restricción. Y señalan además que está en vigor el artículo 205 del Código Penal que castiga como delito la propagación del coronavirus.

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