Elecciones: ¿De cuánto es la multa si no voto en las PASO?

La Cámara Nacional Electoral informó los montos que deberán abonar quienes no concurran a las urnas.

A pocos días de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO 2021) del domingo 12 de septiembre, muchas personas continúan con una duda en común: ¿qué pasa si, por un motivo u otro, ese día no puedo asistir a votar? ¿Se aplica una multa si no puedo justificar mi ausencia?

Debido al contexto de pandemia, las ausencias por caso sospechoso de coronavirus estarán justificadas. Sin embargo, aquellos ciudadanos que no puedan fundamentar su falta en el día de los comicios, les corresponderá una multa por no cumplir con su obligación cívica.

Teniendo en cuenta la particularidad de esta votación, la Cámara Nacional Electoral (CNE) emitió una serie de medidas para electores y autoridades de mesa que deberán cumplirse durante el próximo domingo, e incluye un apartado especial para las personas que están excluidas de la obligación de votar.

A quienes estén justificados para la no emisión del voto, esta vez, se agregará la ausencia de aquellas personas que presenten síntomas o sean consideradas casos sospechosos de coronavirus. De ser así, el ciudadano deberá argumentar su situación mediante el certificado por parte de un médico y elevar la justificación luego de finalizado los comicios.

Igualmente, quienes no puedan justificar su ausencia, como ocurre habitualmente en cada votación, les corresponderá una multa por infringir el Artículo 125 del Código Electoral.

“Se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de setenta 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección”, aclararon desde la CNE y puntualizaron en que la sanción es acumulativa.

Los casos justificados para no votar en las PASO

  • Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
  • Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Deberán obtener el certificado en la comisaría más próxima y luego subir la documentación en el sitio web de la CNE.
  • .Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.

Para realizar el tramite correspondiente a la justificación de la ausencia a la votación, se deberá ingresar en el Registro de Infractores al deber de votar, e indicar el número de DNI, sexo y distrito para iniciar la gestión. Después, de acuerdo a la razón específica por la que no puedo emitir su voto, se subirá el documento que avala la ausencia.

De acuerdo a la CNE quien tengan síntomas de coronavirus o sean considerados casos sospechoso, quedarán exento de la obligación ciudadana de emitir su voto.

“En caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo”, se lee en la disposición para las PASO.

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