La Cámara de Senadores prorrogó hoy la vigencia de la Ley Nº 9220, que ratificó los Decretos 401 del 19 de marzo de 2020 y 359 del 12 de marzo de 2020, mediante los cuales se declaró la emergencia sanitaria, social, administrativa, económica y financiera con motivo de la pandemia por Covid-19.
La propuesta contempla que “no será de aplicación lo previsto en el art. 2 inc. g del Decreto 401/2020, ratificado por el artículo 1 de la presente ley, a los fondos municipales provenientes de la coparticipación federal y provincial”.
De esta manera se extiende a los municipios de la Provincia de Mendoza los alcances de los art. 3 y 4 del Decreto 401/2020, en lo pertinente y en el ámbito de sus respectivas competencias y facultades y dispone la prórroga por 90 días del plazo previsto en el Artículo 193 de la Ley 8706.
Vale destacar que dicho proyecto fue presentado por el Gobierno de Mendoza en la Cámara Alta con el fin de continúe la vigencia de la Ley de Emergencia Sanitaria. Mendoza fue la primera provincia en sancionar una Ley de estas características, el pasado 4 de abril de 2020.
Dicha vigencia será por un año y fue tomada teniendo en cuenta el contexto actual por el que atraviesa la Provincia. Además, se busca atender las condiciones objetivas que motivaron la sanción de la Ley 9220, ya que, si bien han experimentado modificaciones propias del devenir de la pandemia, no han variado en su esencia, por lo que resulta necesario mantener las herramientas legales oportunamente otorgadas por la Legislatura.
“Si bien la provincia de Mendoza ha realizado un extraordinario esfuerzo para intentar mantener un correcto equilibrio entre economía y salud, con los resultados visibles, no debe desatenderse la reiterada advertencia realizada por los especialistas en el sentido de la inminencia de un agravamiento de las condiciones sanitarias en virtud de la denominada “segunda ola”, fundamenta el proyecto.
Al momento de someter el proyecto a votación, la propuesta impulsada por el Gobierno de Mendoza fue aprobada por 21 votos afirmativos, 3 negativos y 13 abstenciones. Pasó a la Cámara de Diputados en revisión.
El debate
El senador Diego Costarelli fue el miembro informante de la propuesta. Explicó que en la Legislatura se agregó el artículo 2 al proyecto enviado por el Poder Ejecutivo. «Con esto buscamos brindarle una herramienta al Gobernador y a los intendentes para que puedan gestionar esta pandemia. Es una herramienta para que el Gobernador siga trabajando como lo viene haciendo», dijo.
Por otro lado, el legislador Adolfo Bermejo detalló: «Es lamentable que la sociedad nos exija otro tipo de actitud. Le hemos dado innumerables herramientas para que el Gobernador gestione. Solicitamos que venga la ministra de Salud para que pueda hacer diferentes aportes y se nos dice que no. Hoy acá todos deberíamos estar votando a favor de esta prórroga. Este tema no es para cortarse el número. Basta con este tipo de manejos», pidió el legislador.
Asimismo el senador Marcelo Romano aseveró: «Vamos a votar en contra de esto. Cinco veces pedimos que se ponga en funcionamiento la Bicameral de COVID. Empiecen a cumplir la Ley. Adelantamos nuestro voto negativo», añadió.
El legislador Samuel Barcudi pidió información detallada. «Es necesario que nos reunamos con el ministro de Salud y la funcionaria de Turismo para que den explicaciones sobre los gastos que se han llevado a cabo durante la pandemia. Es fundamental que Nadal concurra a la Bicameral de COVID», precisó.
Luego, Lautaro Jiménez criticó el accionar del Gobierno frente a esta pandemia. Además reclamó que se mejoren las condiciones laborales del personal de Salud. «Quieren sacar esta ley a las apuradas y a los empujones. No pueden rendir cuentas», denunció.
Posteriormente, el senador Daniel Galdeano adelantó que su bloque no acompañará el proyecto presentado por el Ejecutivo hasta que no concurra la Ministra de Salud, Ana María Nadal a la Bicameral de Seguimiento y Control del Covid.
El legislador Bartolomé Robles exigió la presencia de la ministra Nadal para informar sobre la ley en tratamiento.
Por su parte, el senador Alejandro Abraham sostuvo: «Para que haya una emergencia es necesario saber el objetivo que se persigue con esto. Las emergencias no pueden ser permamente, se da por un hecho como la Pandemia. Hace un año que estamos en esta situación, y esto ya se podría haber previsto. Esto es la confesión de la imprevisibilidad que ha tenido el Gobierno».
Silvina Camiolo expresó que siente mucha empatía con todo lo expresado: «A veces somos demasiados suaves para pedir por algunas cuestiones y creemos que redunda lo que no es tan redundante. Estamos hablando de la responsabilidad de una cartera. Tenemos una Ministra (de Salud) que está a cargo pero han habido muchos errores que hemos tenido que marcar».
El presidente de la Comisión de Salud, Lucas Quesada explicó que la ministra Nadal vendrá a la Legislatura. «Si yo fuera oposición con las dos manos votaría a favor de esta Ley. Nunca tuvimos colapsadas las terapias intensivas. Se mantuvieron todos los sueldos del Estado al día, los profesionales de la Salud fueron los primeros vacunados. Se han vacunado a la mayoría de los docentes. Es necesario que tengamos esta herramienta», indicó.
El senador Lucas Ilardo solicitó la abstención de su bloque con relación a la temática planteada. «Pedimos charlar con una ministra (Ana María Nadal) porque pasaron cosas en el medio que a ustedes les encanta ocultar. Se perdieron 100 vacunas en Las Heras. Hay irregularidades en el hospital Lagomaggiore. La Ministra tiene mucho que responder. Para no entorpecer, nos vamos a abstener», aclaró.
El legislador Alejandro Diumenjo también habló durante el tratamiento de este proyecto. «Vamos cumpliendo los procesos de vacunación con los docentes, con los mayores de 70 y ahora con los de 60. Dependemos de los envíos del Gobierno Nacional. No todo vale en política, menos jugar con la salud y con la vida de la gente. Hay sectores políticos que opinan en momentos tan complejos que estamos viviendo como sociedad. El gobernador demostró estar a la altura de las circunstancias. Hoy tenemos una ministra que ha estado al frente de la situación», finalizó.
Comisión Bicameral de Seguimiento y Control
Dicha Comisión se creó en el marco de la emergencia declarada con motivo de la pandemia por coronavirus, en relación con las operaciones de endeudamiento y uso del crédito y las contrataciones realizadas en el marco de la emergencia sanitaria, social, administrativa, económica y financiera establecidas por los decretos 359/2020 y 401/2020.
Está integrada por el vicegobernador, el presidente de la Cámara de Diputados y por siete senadores y siete diputados, designados por la presidencia de las respectivas cámaras, a propuesta de los bloques respetando la proporción de la representación política.
Decreto 359
El Decreto establece la emergencia sanitaria por el plazo de un año y conforma el Comité de Vigilancia, Atención y Control que tendrá entre sus atribuciones las de diseñar, diagramar y coordinar todas las acciones necesarias para el desarrollo de un plan preventivo y de mitigación frente a la amenaza de circulación y transmisión del coronavirus, como también convocar a expertos en las materias vinculadas con la emergencia declarada y requerir su opinión en los casos que lo estime pertinente.
Asimismo, solicita a los ministros del Poder Ejecutivo, a las autoridades de las Cámaras legislativas, a la Suprema Corte de Justicia, municipios, universidades públicas y privadas de la provincia, autoridades de los organismos descentralizados y todo organismo que resulte pertinente, la designación de una persona que actúe en calidad de referente, con el objeto de articular de manera ágil y eficiente con las autoridades toda medida que deba ser adoptada de manera urgente o progresiva.
El Poder Ejecutivo, en el marco de la emergencia sanitaria, dispondrá de la reglamentación de actividades que importen riesgos para la población y solicitará inspecciones a efectos de verificar el cumplimiento de tales medidas y en caso de no acatamiento requerir las sanciones previstas por la legislación vigente.
Decreto 401
Amplía la emergencia sanitaria, basado en que el coronavirus, es un “fenómeno mundial” que “representa un hecho de marcado dinamismo imponiendo la necesidad de adoptar gran cantidad de decisiones en un marco de crisis y emergencia”.
Todo ello, “en cumplimiento de normas de raigambre constitucional que imponen a los gobernantes el cuidado de la salud de la población”.
En los considerandos, se señala además que “en el caso de la pandemia de coronavirus (COVID-19), el estado de emergencia que ha generado no se agota en el aspecto sanitario, sino que se agregan las materias social, administrativa, económica y financiera, atento la repercusión que ha tenido y tendrá en todo el funcionamiento del Estado y en el devenir de la economía mundial, nacional y provincial”.
“Ante este panorama, la urgencia en la adopción de diversas medidas surge de elementos objetivos e incuestionables y puede corroborarse ni bien se advierte el enorme caudal normativo generado en los últimos días en todos los niveles de gobierno”, añade el texto normativo.
Además de ampliar la emergencia a las áreas mencionadas, este decreto establece que el Poder Ejecutivo podrá por el plazo de doce meses, renegociar contrataciones comprendidas en las leyes 8706 y 4416 y que dicha renegociación deberá ser precedida de un acuerdo de partes.
También prevé, entre otros aspectos, en el marco del artículo 32 de la Ley de administración Financiera, hacer uso del crédito hasta el equivalente al 10% del votado para el ejercicio 2020, con el objeto de atender la emergencia declarada.
En otro orden, se declaran inembargables, mientras dure la emergencia, todas las cuentas bancarias, fondos de coparticipación federal y bienes del Estado provincial, debiendo los tribunales competentes en cada caso, de oficio o a pedido de parte, ordenar el levantamiento de las medidas cautelares y ejecutivas que se hubieren trabado y la restitución de las sumas embargadas y pendientes de libramiento en su caso.
En esa línea, además, se suspende por el período de vigencia de la emergencia, todos los procesos de ejecución de sentencia contra la Provincia de Mendoza y demás organismos establecidos en el artículo 4º de la Ley 8706 y sus modificatorias.
Otro aspecto contemplado es dejar sin efecto el piso determinado para el cálculo de la bonificación compensatoria y mayor productividad que perciben los empleados del Instituto Provincial de Juegos y Casinos durante la vigencia de la emergencia dispuesta por Decreto 359/2020.