El Gobierno estableció nuevos parámetros para la exportación de carne, después de las restricciones dispuestas a mediados de 2021.
La Subsecretaría de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación publicó en el Boletín Oficial las resoluciones 301/21 y 302/21 que instrumentan el Decreto N° 911/21 del presidente Alberto Fernández y la resolución conjunta con la cartera de Desarrollo Productivo N° 10.
“Este paquete de medidas establece un marco normativo para la comercialización y exportación de la ganadería argentina para los años 2022 y 2023“, detalló el Gobierno.
De esta manera, se estableció suspender hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, la “exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país, de los siguientes Cortes Bovinos frescos, enfriados o congelados: a. Reses Enteras; b. Medias Reses; c. Cuarto Delantero Con Hueso; d. Cuarto Trasero Con Hueso; e. Medias reses incompletas con Hueso; f. Cuartos delanteros incompletos con Hueso“.
En tanto, “los siguientes Cortes Preferidos se encontrarán limitados, hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, para su exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país. a. Asado con o sin hueso; b. Falda; c. Matambre; d. Tapa de asado; e. Nalga; f. Paleta; g. Vacío“, según indicó la cartera de Agricultura.
Finalmente, el Gobierno dispuso que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kilogramos, atendiendo a la solicitud de las entidades gremiales del sector. Para cumplir con estos requisitos se otorgan plazos de hasta seis meses.