Este lunes, el Gobierno oficializará el decreto que desregulará el transporte de larga y media distancia. En tanto, la medida prevé algunos cambios clave, por ejemplo, que los transportistas y empresas puedan fijar libremente los precios, horarios, recorridos y duración de los servicios.
La normativa, que se publicará en el Boletín Oficial, derogará el decreto 958/1992 y tiene, entre sus objetivos, “liberar y desregular” el sistema de transporte automotor.
Detalles de la desregulación
De esta forma, se eliminará la obligación de cumplir con ciertas pautas, como la de respetar un valor tarifario máximo, por lo que las compañías podrían establecer los costos de venta de los pasajes sin topes.
Por otra parte, los vehículos podrán iniciar o finalizar el viaje y hacer paradas en cualquier terminal. Asimismo, se mantienen las exigencias en materia de seguridad ya establecidas en la normativa vigente.
Otro de los puntos es la creación del Registro Nacional del Transporte de pasajeros, que será de acceso público, sin costo y online en donde deberán informar la capacidad de transporte, detallar el tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.
Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente, pero sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de cinco días post inscripción.
En ese sentido, señalaron que no se podrán ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.