El Gobierno autorizó un aumento de hasta el 9,8% en las tarifas de los servicios de internet, telefonía fija, televisión por cable y satelital, solo para pequeñas y medianas empresas que posean menos de 100 mil clientes. El incremento se aplicará desde el primero de enero y se formalizó por medio de la Resolución 2187/2021 del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) publicada este jueves en el Boletín Oficial.
“Establecer que las Licenciatarias de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet, de Servicios de Telefonía Fija, de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico y las Licenciatarias de Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital que posean hasta 100 mil accesos totales; a partir del 1 de enero de 2022 podrán incrementar el valor de todos sus precios minoristas en un porcentaje que no podrá ser superior a 9,8%, tomando como referencia sus precios vigentes”, según el texto oficial.
El Enacom dispuso también que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las licenciatarias, y que supere los valores expresamente autorizados “deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”.
Los precios de estos servicios estuvieron congelados durante el año pasado, por la pandemia, y también se prohibió el corte por falta de pago. En enero de 2021, se autorizó un ajuste general del 5% y otro del 8% para los licenciatarios que no hubieran aumentado sus precios de sus planes y servicios durante el 2020.
Un mes después se aplicó otro incremento de hasta el 7% para aquellas empresas con menos de 100 mil accesos totales. Más tarde, el Gobierno aplicó otra suba del 5% retroactiva a julio para las telecomunicaciones.
El Enacom justificó este ajuste del 9,8% al señalar que “se han recibido nuevos requerimientos de aumentos con posterioridad a los últimos incrementos autorizados hasta julio de 2021, especialmente de aquellos prestadores de menor envergadura como cooperativas y pymes”.
Por ese motivo, expresó que “resultan atendibles y razonables las solicitudes de correcciones necesarias tendientes a la sostenibilidad de los servicios prestados tanto por cooperativas como pymes licenciatarias, siendo este segmento reconocidamente abarcado por los prestadores que poseen menos de 100 mil accesos totales”.