DNI no binario: ¿se puede ver restringido el ingreso a países que no lo han implementado?

Hasta el momento un reducido número de Estados reconoce una tercera categoría además del femenino y masculino en los documentos de identidad. Recomiendan hacer consultas con la Cancillería antes de viajar

El 23 de julio pasado, por decreto, el presidente de la Nación Alberto Fernández, anunció la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) para las personas que se autoperciban no binarias. De este modo, los DNI argentinos contarán con la posibilidad de consignar una “X” para definir el sexo, al igual que para los pasaportes.

Tras la emisión del Decreto 476/2021, Argentina pasó a ser el primer país de Latinoamérica que da la posibilidad a sus ciudadanos de elegir una opción diferente a las tradicionales “F” y “M”, en la opción “Sexo” de los documentos de identidad.

El propio Gobierno reconoció en el texto que son muy pocos los países en el mundo que ya han admitido la posibilidad de no consignar el sexo masculino o femenino en un documento de identidad. Entre ellos, la República Democrática Federal de Nepal, la República Islámica de Pakistán, Bangladesh, India y Canadá. 

En agosto de 2017, Canadá puso en vigencia este documento en el cual son designadas como “X” aquellas personas transgénero o que no quieran identificarse como masculino o femenino en su carné personal. En Australia, la Corte Suprema analizó en 2014 el caso de una persona que, después de haberse sometido a una cirugía de reasignación de sexo, solicitó a la Registraduría expedir un certificado que indicara el cambio de nombre y de sexo bajo la categoría “no específico”. La Registraduría manifestó que eran inválidos tales documentos porque no contemplaban esa categoría, por lo cual el máximo tribunal del país de Oceanía dispuso reconocer la categoría “no específico” y luego el gobierno australiano estableció que legalmente se permitía a las personas elegir su género en su pasaporte, ya sea bajo la letra “M”, “F” o “X”. En Nueva Zelanda, el gobierno permite que las personas cambien su género en el certificado de nacimiento una vez obtengan la solicitud aprobada por el tribunal de familia.

En Alemania e India también se reconocen en documentos identidades de género por fuera del binomio masculino y femenino. En Holanda no existe el documento no binario pero, en cambio, se dispuso el año pasado eliminar la casilla del sexo del carné de identidad para que el ciudadano “pueda desarrollar su propia identidad en libertad”. En Uruguay, el cambio de nombre y género en la cédula de identidad está contemplado en la Ley Integral para Personas Trans, pero que no se refleja en los formularios del Registro Civil, que sólo prevé dos opciones, en clave binaria: “mujeres trans” o “varones trans”.

Ante la pregunta sobre los inconvenientes que podría enfrentar una persona que desee viajar con un DNI que consigne esta opción, fuentes del Registro Nacional de las Personas (Renaper) dijeron a Infobae que “los organismos de la administración pública nacional tienen 120 días para adecuar normativas, sistemas y tecnologías para la efectiva implementación y cumplimiento del decreto”. A su vez, apuntaron que “Cancillería debería hacer una revisión y una presentación formal a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI)”.

“Las personas con DNI no binario que deseen viajar deberán consultar con Cancillería y con el consulado del país que planeen visitar por si pudieran eventualmente tener alguna restricción de ingreso, permanencia o tránsito en los países de destino”, agregaron.

A las personas que quieran contar con el DNI no binario, el Renaper les informará que en caso de querer visitar el extranjero deberán contactar a la Cancillería en forma previa.

En consecuencia, de momento la responsabilidad corre por cuenta de la persona que elija poner una X en vez de una M o una F. “Entiendo que se les advirtió de esa situación. Nosotros no podemos meternos en la legislación de otros países”, dijo a Infobae un vocero de Cancillería.

Por otra parte, Félix Lonigro, profesor de derecho constitucional, dijo a Infobae que “una persona que va a un país que solamente contempla los sexos femenino y masculino puede encontrarse en una situación muy complicada”. “Es aún muy pronto, habrá que esperar a que se expresen al respecto los organismos internacionales”, concluyó.

El Decreto 476/2021 expresa que la Argentina, país miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), adhirió al Documento N.º 9303 de la misma, el cual consigna que la “X” puede ser utilizada cuando no se especifique sexo.

Sin embargo, en el Decreto emitido por el Gobierno se aclara que “la nomenclatura “X” para “sexo sin especificar” aún no fue admitida unánimemente por los 193 Estados que integran la OACI”. De ese modo, deja abierta la posibilidad de que un país extranjero no admita a una persona con DNI argentino no binario.

Más allá de los viajes al exterior, el nuevo esquema para la emisión del DNI generará cambios en otros terrenos que aún no han sido resueltos y que en algunos casos requerirán un complejo proceso de modificaciones normativas, según fuentes oficiales. Entre otros temas sin definición, aparece la edad jubilatoria, que actualmente es de 60 años para las mujeres y de 65 años para los hombres, pero también otras como el cupo electoral —que hoy incluye paridad de hombres y mujeres en la conformación de las listas de candidatos—, cupos laborales o las cárceles. También será necesaria una definición legal para la prioridad en el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH); el beneficio para menores de 18 años es percibido por uno solo de sus padres pero con prioridad para la madre.

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