Dictaron la pena contra el barman acusado de violación en Al Sur

El empleado del local bailable deberá pasar 7 años en la cárcel

Un barman que había sido condenado por haber cometido abuso sexual contra una joven de 21 años en el boliche Al Sur de Luján de Cuyo, deberá pasar 7 años de cárcel por una nueva condena producida luego de que la Corte Suprema de Justicia de Mendoza hiciera lugar al pedido de la fiscalía y de los abogados de la víctima para que haya un nuevo fallo que agrave la pena del imputado, informaron hoy fuentes judiciales.

Según fuentes judiciales, la sentencia recayó en Leonardo Medina de 34 años quien trabajaba como bartender en la discoteca “Al Sur”.

El hecho que se le imputa al condenado ocurrió en noviembre de 2017, en la mencionada discoteca donde una joven que concurrió a bailar con un grupo de amigos, fue intoxicada con una bebida, se desvaneció y, al despertarse, se dio cuenta que había sido ultrajada.

Ante esa situación, la joven hizo la denuncia en sede policial, y el Cuerpo Médico Forense constató que presentaba lesiones que se condecían con el abuso sexual del que había sido víctima.

Al iniciarse la investigación, la Justicia ordenó secuestrar los videos con las imágenes de las cámaras de seguridad del boliche, aunque no pudieron encontrarlos porque se había producido un robo mediante un boquete, en el que desaparecieron el soporte de las evidencias.

Según informaron las fuentes a Télam, el bartender se mantuvo prófugo durante un mes hasta que los efectivos policiales lograron detenerlo en diciembre de 2017.

Dos años más tarde, en noviembre de 2019, Medina fue condenado por el juez Gonzalo Guiñazú, a 4 años de prisión porque el magistrado entendió que el barman no había conseguido concretar el abuso y entonces le impuso la pena por el delito en grado de tentativa.

Tras el fallo, tanto la fiscal Laura Rouselle, como los abogados Fernando Peñaloza y Natalia Lorenzo, representantes de los intereses de la víctima, elevaron un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de Mendoza, alegando que la violación se había consumado, y prueba de ello fueron los peritajes del Cuerpo Médico Forense, más el agravante de aparentemente querer hacer desaparecer las pruebas fílmicas de la noche de la violación.

Los ministros de la Corte, Omar Palermo, Mario Adaro y José Valerio, en pleno, fallaron a favor de hacer lugar al recurso y ordenaron que la causa sea revisada nuevamente en el juzgado de ejecución, por entender que el victimario había concretado el vejamen.

Finalmente el pasado jueves el juez Diego Lusverti cambió la carátula de la causa al tipificar el caso como “abuso sexual con acceso carnal”, por lo que elevó la condena a 7 años de prisión en contra de Medina.

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