Desde la CTA acusan al titular de la DGE por las clases: “Thomas incumple con la Ley”

Así lo sostuvo el secretario general de CTA Mendoza, Gustavo Correa. Señaló que el Director General de Escuelas desconoce resoluciones del Consejo Federal de Educación y viola artículos del Código Penal.

El secretario general de CTA de los Trabajadores Mendoza Gustavo Correa aseguró que el Director General de Escuelas, José Thomas, viola la ley y debe suspender las clases presenciales en el Gran Mendoza y avanzar con la virtualidad en las zonas que sean considerada de alarma sanitaria.

El principal argumento es que el responsable del gobierno escolar desconoce las resoluciones del Consejo Federal de Educación que estableció las condiciones para la presencialidad y viola artículos del Código Penal.

El secretario general de la Central Obrera explicó que según la resolución 394 del CFE, aquellos aglomerados urbanos de más de 300 mil habitantes que se encuentren en Alarma Epidemiológica deben suspender las clases, de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nacional 287.

En este sentido, en el último análisis de la situación epidemiológica realizado por el Gobierno nacional se establece dentro de esta categoría a los departamentos de Capital, Godoy Cruz, Guaymallén, Las Heras, Luján de Cuyo y Maipú. En esos lugares se deberían suspender la presencialidad, manteniendo las escuelas abiertas para el desarrollo de las actividades delimitadas en dicha resolución.

El titular de la regional Mendoza de la Central de trabajadores recordó que, a través de la resolución 390 que estableció el retorno a la presencialidad a las escuelas, José Thomas dio su conformidad con las disposiciones del Consejo Federal de Educación. “En su momento, Thomas valoró el trabajo conjunto que se había realizado para la gestión de la pandemia. Bueno, parece que ahora se olvidó”, alertó Correa.

En este sentido, el secretario general señaló que, de no efectivizar las medidas dispuestas, Thomas estaría incumpliendo la Ley de Educación Nacional 26.206 e incurriendo en el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, establecido en el artículo 248 del Código Penal.

“También vulnera el artículo 205 por la violar las medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia. Es siniestro mantener la presencialidad en estas condiciones”, concluyó.

La CTA de los Trabajadores y SADOP denunciaron penalmente a José Thomas

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