La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó esta semana, a través de una acordada, que sus empleados no estarán sujetos al impuesto a las ganancias, en línea con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, aprobada recientemente por el Congreso de la Nación.
Según el convenio, estarán exentos del impuesto los magistrados, funcionarios y empleados que ingresaron al sistema judicial antes de 2017, así como aquellos que, habiendo sido designados antes de ese año, fueron promovidos posteriormente a otros cargos de la misma naturaleza.
Por otro lado, los magistrados, funcionarios y empleados que ingresaron a partir de 2017 y que hayan disfrutado de la exención del impuesto de manera continuada sí deberán pagar el impuesto a las ganancias.
La acordada también extiende una invitación al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Público de la Defensa a adherir al acuerdo, lo que podría permitir que los empleados de estas dependencias del Poder Judicial también queden exentos del pago de ganancias.
Esta decisión sigue generando debate en torno a la aplicación del impuesto a las ganancias en el ámbito judicial, con posturas encontradas respecto a la equidad fiscal y la independencia judicial.