A través del decreto 605 que se publicó en el Boletín Oficial, el Gobernador Rodolfo Suarez estableció las nuevas medidas que “tendrá vigencia desde la fecha de su publicación en todo el ámbito territorial de la provincia de Mendoza”.
Se argumenta allí que, a pesar de que las medidas que se van tomando son efectivas, “esta meseta se encuentra todavía en valores altos, a lo que se agrega la aparición en el País de nuevas variantes del virus SARS CoV-2, cuya presencia genera inquietud en la comunidad científica, en razón de sus mutaciones y las posibles consecuencias de las mismas”.
A su vez: “Que, si bien el sistema de salud continúa dando respuesta a los requerimientos, el mismo se encuentra en un importante estado de tensión, por lo que resulta adecuado adoptar las medidas pertinentes para su paulatino alivio”.
Y avanza: “Que, por lo expuesto, y con la finalidad de disminuir la circulación comunitaria del virus, resulta procedente ampliar las medidas oportunamente adoptadas“.
Y aclara: “Que se estima prudente aplicar medidas de manera uniforme en todo el ámbito territorial de la Provincia, en la convicción de que no resulta conveniente aplicar restricciones diferentes entre los diversos municipios provinciales”.
Medidas
- Continúan las restricciones para circular desde las 23.30 hasta las 5.30.
- Se suspende en todo el territorio provincial la realización de reuniones familiares y sociales, en domicilios particulares y en espacios públicos.
- Nuevo esquema para realizar compras y reservas en restaurantes según la terminación del DNI. Los terminados en 1, 2, 3, 4 y 5 están habilitados los días lunes, miércoles, viernes y los domingos hasta las 14. Mientras que los finalizados en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán hacerlo los días martes, jueves, sábados y los domingos desde las 14.
En este sentido, se sugiere a los comercios la exhibición de carteles que indiquen de manera clara y visible el esquema habilitado.
- Para la concurrencia a los restaurantes, será necesario efectuar reserva por una persona cuyo número de finalización de DNI coincida con el día autorizado. Esa persona también será responsable de llenar la Declaración Jurada necesaria para acceder a ese servicio.
Sanciones
Los municipios podrán “controlar, en forma concurrente con la Provincia, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto en sus respectivos ámbitos territoriales, y a la aplicación de las multas vigentes”.