AFIP: por las modificaciones en Ganancias no habrá retenciones en salarios de junio ni en aguinaldo

Esta mañana se firmó la resolución que reglamenta las modificaciones al Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia

El anuncio lo realizó la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Mercedes Marcó del Pont tras firmar la resolución que reglamenta la ley aprobada en el mes de abril. El documento determina que la exención comenzará a regir en los salarios de junio y el medio aguinaldo. La nueva legislación “saca” del impuesto a las Ganancias a una gran cantidad de trabajadores y trabajadoras que habían sido alcanzados por el gravamen en los últimos años. Más de un millón de trabajadores son alcanzados por la nueva legislación.

“Volvemos a una relación histórica que solamente uno de cada 10 trabajadores y trabajadoras van a pagar el impuesto a los altos salarios”, resaltó Marcó del Pont. Además, explicó que se trata de un alivio retroactivo ya que en los últimos meses se realizó una retención retroactiva. La devolución de las retenciones se realizará en cinco cuotas a partir del mes próximo. “En el recibo de sueldo se va a advertir que todos aquellos trabajadores y trabajadoras que ganan hasta $150.000 no van a tener retención al impuesto a las Ganancias y a aquellos a los que se les haya retenido, van a tener la devolución”, explicó la titular de la AFIP.

Para aquellos trabajadores con salarios entre $ 150.000 y $173.000 se realizará una reducción “sensible” en las retenciones, aclaró la funcionaria.

Los puntos fundamentales de la nueva reglamentación se centran en la exclusión del aguinaldo, que no será alcanzado por el impuesto y los salarios de hasta $ 150.000 brutos no pagarán Ganancias. En el caso de las jubilaciones, aquellas que personas que perciben hasta ocho jubilaciones mínimas también serán alcanzados por los nuevos beneficios. Además, se eliminó el tope de edad para aquellos contribuyentes con hijos con discapacidad y se podrá deducir gastos sin tope por compra de herramientas educativas para hijos.

El personal de salud queda eximido de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre. Mientras que se habilita la deducción de gastos en cursos de capacitación (hasta $67.071,36 anuales) y en gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos (hasta $67.071,36 anuales)

 

 

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