El reciente decreto del Gobierno nacional, que dispuso que los trabajadores que comiencen una relación laboral, permanezcan durante un año con la obra social de su rama, empezó a generar polémica.
José Luis Ramón, que ha sabido mostrarse cercano al Gobierno nacional, esta vez cargó contra el propio Alberto Fernández.
A través de sus redes sociales, el legislador mendocino se pronunció por la decisión, que entre otras cosas, dispone que el cambio de obra social podrá llevarse a cabo una vez durante todo el año calendario.
🔻 Rechazamos el nuevo DNU de @alferdez que obliga a los trabajadores a permanecer mínimo un año en la obra social de su actividad, al comienzo de su relación laboral (por pedido de la @CGT_Oficial). Esto viola el derecho constitucional del consumidor a elegir (art. 42) 👇
— José Luis Ramón (@JoseLuisRamonOk) July 7, 2021
“(…) tienen derecho a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección (…)”. No podemos habilitar el negocio forzado de un grupo de empresas con poder de lobby, pisoteando garantías constitucionales!
— José Luis Ramón (@JoseLuisRamonOk) July 7, 2021
En el reciente decreto precisaron que los trabajadores y las trabajadoras que inicien una relación laboral “deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio”.
Precisaron que “la opción de cambio podrá ejercerse solo una vez al año y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud”.
Y aclararon que ese derecho “deberá ejercerse de manera individual y personal por el interesado a través de las modalidades dispuestas” por la Superintendencia de Servicios de Salud.
“El derecho de opción deberá hacerlo con todos los beneficiarios comprendidos o todas las beneficiarias comprendidas en el artículo 9º de la Ley Nº 23.660 y en las condiciones en él establecidas”, se lee en el decreto.
Remarcaron que las obras sociales tendrán que “garantizar el acceso a la información detallada, completa y adecuada a los beneficiarios y a las beneficiarias respecto de la cobertura prestacional brindada”.
“Deberán garantizar, como mínimo, que los beneficiarios y las beneficiarias puedan acceder en todo momento a la cartilla completa, con los planes y programas de cobertura, a través del Sitio web institucional de la entidad y otros canales que la entidad brinde”, sostiene la normativa.