La Justicia federal aceptó un recurso de apelación de Telecom Argentina y dispuso una medida cautelar en su favor, por medio de la cual determinó la suspensión de algunos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que determinaba como servicio público esencial a las telecomunicaciones por el lapso seis meses en el marco de la pandemia de coronavirus.
La decisión, votada por los jueces José Luis López Castiñeira y Luis María Márquez de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, suspendió los artículos 1 al 6 del DNU 690/2020 y también tres resoluciones reglamentarias del Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM), que serán inaplicables a la empresa.
Si bien la determinación de la justicia la otorga potestad a los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, el vicepresidente de ENACOM, Gustavo López, dijo a Página 12 que este lunes “van a anunciar que en mayo no va haber aumento para ninguno de los servicios”.
“Clarín va a poder cobrar lo que quiera. Los jueces han dispuesto que el cliente de Telecom pague lo que la empresa quiera y todos los demás clientes lo que el Estado regule”, continuó diciendo López en declaraciones radiales.
Igualmente, el integrante de ENACOM criticó: “¿Cómo es posible que el Poder Judicial termine legislando en lugar del Poder Legislativo o las normas dictadas por el Poder Ejecutivo? No hay una declaración de inconstitucionalidad, sino que se establece que no se cumpla el decreto”.
Y siguió: “Obviamente vamos a ir a la Corte para apelar la medida cautelar. Hasta el día de ayer hemos aplicado sanciones hacia Telecom. Las primeras fueron de 650 mil pesos diarios. A partir de febrero pasaron a ser 19 millones de pesos diarios”.
Por medio del decreto 690 publicado en agosto pasado, el Gobierno nacional declaró como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión por cable, a causa de la pandemia de coronavirus. Con esta postura, el Estado intervenía en la fijación del precio.
El Gobierno tomó esa medida al considerar que “el derecho de acceso a internet es, en la actualidad, uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión”.
Además, la ONU ha expresado en diversos documentos la relevancia de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para el desarrollo de una sociedad más igualitaria y la importancia de que a todas las personas les sea asegurado su acceso a las mismas.