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Procesaron a los miembros de Greenpeace que protestaron en el Congreso por la Ley de Glaciares

La protesta tuvo una puesta en escena particular: los activistas llevaron inodoros de plástico, los colocaron sobre las escalinatas y se sentaron sobre ellos mientras desplegaban pancartas con la consigna “Senadores, no se caguen en el agua, la Ley de Glaciares no se toca”. El episodio terminó con la detención de los 12 participantes.

Quiénes son los miembros de Greenpeace que están procesados

Los procesados son Marcos Alejandro Policer, Abril Inés Castellano, Manuela Celeste Zalazar, Sol Aylén Klausek, Juana Inés Serra, Mailén Alicia Miranda Vaquera, Carla Mariel Guidi, Luciana Mariel Rivero, Diana Lucía Suárez Smeke, Cynthia Ayelén Moreno Gallo, Iwan Alfredo Núñez Romero y Pablo Alejandro Blefari. Los dos últimos fueron aprehendidos cuando se retiraban del lugar y, según el expediente, llevaban uno de los inodoros utilizados en la intervención.

Para Martínez de Giorgi, quedó acreditado que los 12 escalaron las rejas perimetrales ubicadas sobre la avenida Entre Ríos, que estaban cerradas con candados para impedir el acceso de personas ajenas al lugar. Después ingresaron al sector restringido y ya allí, colocaron los elementos de la protesta.

En el fallo al que tuvo acceso MDZ, el juez remarcó que la decisión de evadir las rejas “no puede ser interpretada como una mera permanencia indebida en un lugar abierto al público”, sino como “el ingreso deliberado a un ámbito cuya inaccesibilidad había sido expresamente exteriorizada”.

Las defensas de los activistas no cuestionaron que hubieran participado de la acción, sino que la protesta constituyó un ejercicio legítimo de los derechos a la libertad de expresión, reunión y manifestación, al tiempo que calificaron que se trató de una intervención artística y simbólica, sin violencia, daños materiales ni intención de permanecer en el lugar, por lo que reclamaron el sobreseimiento de todos los imputados.

Martínez De Giorgi reconoció la protección constitucional y convencional de la protesta, aunque desestimó el argumento al remarcar que dichos derechos “no revisten carácter absoluto”. A su criterio, la finalidad de expresar un reclamo no habilitaba a desconocer las restricciones de acceso ni obligaba a las autoridades a tolerar el ingreso a un área especialmente protegida.

Por otra parte, descartó los argumentos exculpatorios como el carácter pacífico de la manifestación, la ausencia de daños y el hecho de que se haya desarrollado durante un horario de poca circulación. Para el magistrado, la cuestión penal no estuvo vinculada con una eventual afectación del tránsito o con daños al Congreso, sino con el ingreso deliberado a un sector cuyo acceso estaba restringido.

Finalmente, el juez ordenó embargar embargos a los 12 acusados por 2 millones de pesos y determinó que seguirán atravesando el proceso en libertad al considerar que todos cuentan con arraigo, que habían concurrido cuando fueron citados a declarar y que no existían elementos que permitieran presumir que intentarían escapar o entorpecer la investigación.



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